Texto: Raichiali
Este lunes se realizó la audiencia intermedia en juicio federal por el asesinato de la periodista Miroslava Breach, cuyo debate principal fue la posible violación a derechos fundamentales por parte de la Fiscalía General del Estado al momento de reunir las evidencias para la investigación
La defensa del presunto coautor material del crimen Juan Carlos Moreno, El Larry, alegó que se cometieron varias irregularidades en el proceso y pidió excluir, entre otras cosas, dos de las principales pruebas en contra de su cliente: los videos del crimen y el audio donde la corresponsal de La Jornada es cuestionada por un funcionario del PAN sobre las fuentes que consultó para realizar un reportaje sobre narcopolítica
En la audiencia que se extendió casi seis horas, el equipo coadyuvante que representa a la familia de la periodista ofreció como testigos para declarar en el juicio oral al fiscal de Chihuahua, César Augusto Peniche, y a los agentes Marisela Turrubiate y Andrés Torres
La jueza Cristina Lozoya amplió la medida cautelar de prisión preventiva a El Larry un año más y dejó en pausa la apertura de la audiencia de juicio oral hasta que se desahogue un recurso de revisión de un amparo que tramitó el detenido
Vamos por partes…
La audiencia
El Larry fue detenido el 25 de diciembre en las inmediaciones de Sonora con Chihuahua y fue presentado ante la justicia estatal por su presunta coautoría en el asesinato de la periodista Miroslava Breach. Ese mismo día, un juez local ordenó como medida cautelar un año de prisión preventiva.
Un año después del asesinato de Miroslava, en marzo de 2018, la Procuraduría General de la República (PGR) pidió la atracción del caso al considerar que la línea de investigación es de competencia federal. Su solicitud hizo efecto a mediados de abril cuando un juez federal ordenó a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua entregar el expediente.
De ahí se inició la etapa de investigación complementaria y, en octubre, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) adelantó que pediría una pena de 70 años de prisión para Juan Carlos Moreno por el delito de homicidio calificado. Además, se citó a la audiencia intermedia el lunes 3 de diciembre a las 9:30.
La audiencia intermedia comprende desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura a juicio. Su objetivo es el ofrecimiento y la admisión de los medios de prueba, así como la depuración de los hechos controvertidos que se revisarán en el juicio oral
Conformado por cuatro abogados, el equipo de la FEADLE llegó primero a la Sala 1 de los juzgados federales de la ciudad de Chihuahua junto con los integrantes de la organización Propuesta Cívica, quienes representan a una parte de la familia de Miroslava.
Cerca de la entrada al edificio también esperaba Cruz del Rosario Pérez, esposa de Juan Carlos, y, poco después de las 9:00, la alcanzó el abogado defensor Jesús Enrique Valencia Díaz.
El acceso a la sala se retrasó por motivo de espacio y casi media hora más tarde de lo planeado.
Como medios probatorios la FEADLE presentó:
– Las declaraciones de 50 testigos
– 12 peritajes especializados
– 24 pruebas documentales que van desde el acta de nacimiento de El Larry, tres cuadernos, bitácoras de dos estaciones de taxis, los videos del lugar de los hechos, entre otros.
Como medios de prueba, Propuesta Cívica pidió llamar como testigos a Andrés Torres, un agente que participó en cateo del 26 de marzo en el fraccionamiento Villas del Rey; al ministerio público Marisela Turrubiate, quien participó en el cateo de una vivienda en la calle Arroyo del Sacramento del fraccionamiento Quinta Balboa, en donde se quedó Moreno Ochoa antes y después del asesinato de Miroslava; y al fiscal General César Augusto Peniche Espejel.
La defensa
En su turno, el abogado de Juan Carlos anunció el testimonio de tres personas que acreditarán que su cliente estuvo con ellos en Chínipas el día del asesinato. Entre las preguntas que se realizaron destacan desde cuándo conocen a El Larry, dónde vive, dónde cría a su ganado, y si alguna vez lo han visto armado.
Se trata de Javier Chavira, Jesús Ramón Quinto Varela y Javier Velducea Velducea, con quienes, según el abogado, El Larry coincidió en la cafetería de la señora Hilda Palafox a la hora y el día del asesinato (23 de marzo antes de las 6:45).
También llamará a la testigo protegida Ruby.
Fruto del árbol envenenado, el debate
De los 50 testimonios que presentó la FEADLE, el abogado Valencia Díaz solicitó excluir 46 del caso por posibles violaciones a derechos fundamentales a cargo de los agentes de la Fiscalía General del Estado, vicios que están relacionados a los videos en los que se trazó la ruta para el asesinato de la corresponsal de La Jornada y el audio en el que es cuestionada por sus investigaciones: las dos pruebas principales del caso.
Ambas irregularidades, explicó a lo largo de la audiencia, están en la forma en que actuó la fiscalía.
En el caso de los videos de las cámaras de los vecinos y locales cercanos a la entonces vivienda de Miroslava, comentó que algunos propietarios fueron obligados a proporcionar las imágenes del antes, durante y después del homicidio.
Uno de esos casos es el del testigo con identidad reservada identificado como “Ataúlfo”, declaró que lo obligaron a entregar los videos sin identificarse como agentes o personal de alguna corporación de seguridad.
Y citó los artículos 291 y 292 sobre la intervención de comunicación privada
Artículo 291. Intervención de las comunicaciones privadas
La intervención de comunicaciones privadas abarca todo un sistema de comunicación, o programas que sean fruto de la evolución tecnológica, que permitan el intercambio de datos, informaciones, audio, video, mensajes, así como archivos electrónicos, que graben, conserven el contenido de las conversaciones o registren datos que identifiquen la comunicación, las cuales se pueden presentar en tiempo real o con posterioridad al momento en que se produce el proceso comunicativo.
Artículo 292. Requisitos de la solicitud
La solicitud de intervención deberá estar fundada y motivada, precisar la persona o personas que serán sujetas a la medida; la identificación del lugar o lugares donde se realizará, si fuere posible; el tipo de comunicación a ser intervenida; su duración; el proceso que se llevará a cabo y las líneas, números o aparatos que serán intervenidos, y en su caso, la denominación de la empresa concesionada del servicio de telecomunicaciones a través del cual se realiza la comunicación objeto de la intervención. El plazo de la intervención, incluyendo sus prórrogas, no podrá exceder de seis meses. Después de dicho plazo, sólo podrán autorizarse nuevas intervenciones cuando el Ministerio Público acredite nuevos elementos que así lo justifiquen.
Desde la perspectiva del abogado, al violarse el derecho a la no intervención de las comunicaciones privadas (lo que asegura por el testimonio de Ataúlfo) todas las pruebas derivadas de las cámaras se seguridad estaría viciadas, por lo que deberían excluirse de la investigación.
Según el litigante, todas las pruebas que se derivan de las cámaras de seguridad serían “fruto del árbol envenenado” y deberían declararse inválidas.
¿Cateos ilegales?
Para encontrar la vivienda de Jaziel Vega Villa, cuyo papel en el crimen fue como el chofer de El Larry y quien se encuentra prófugo, la agente investigadora Juana Payán solicitó a la plataforma México los registros de los vehículos marca Malibú de los modelos 2008 -2010.
En total se localizaron 168 automóviles. De ese padrón, Payán fue de casa en casa hasta encontrar la vivienda de Jaziel ubicada en la calle Las Torres, en el fraccionamiento Villas del Rey.
La propiedad fue cateada el 26 de marzo y entre los objetos que se aseguraron destaca una laptop Sony Vaio, computadora en la que se encontró el audio donde el vocero del PAN estatal, Alfredo Piñera, le pide a Miroslava información sobre sus fuentes para el reportaje “Impone el crimen organizado candidatos a ediles en Chihuahua”, publicado el 4 de marzo de 2016.
Valencia Díaz añadió que el cateo de la vivienda también fue ilegal pues, aunque la fiscalía contaba con autorización judicial para practicarlo, no se colocó la copia de los resultados absolutivos. Hizo referencia a que el artículo 288 del Código Nacional de Procedimientos Penales aclara que, en caso de que la vivienda se encuentre sola:
“se fijará la copia de los puntos resolutivos que autorizan el cateo a la entrada del inmueble, debiendo hacerse constar en el acta y se hará uso de la fuerza pública para ingresar”.
La defensa no se detuvo ahí. También pidió excluir más de la mitad de las pruebas documentales en la misma lógica del “árbol envenenado”, así como 9 de los 12 estudios periciales presentado por la FEADLE por no contar con los documentos que acrediten la expertiz de quienes realizaron los realizaron.
Al insistir en que se debe excluir todos los artículos asegurados en la propiedad, también calificó de ilegal el cateo de la vivienda de la testigo protegida Ruby, el 4 de mayo en calle Arroyo del Sacramento del fraccionamiento Quinta Balboa.
Durante el primer cateo, explicó, encontraron un recibo telefónico que les permitió identificar los números de un taxista que trasladó a El Larry y a Jaziel hasta la casa de Ruby.
Cuando acudieron a la vivienda, la ministerio público Marisela Turrubiate encontró una estación
de taxi cuya operadora confirmó que se había dado un servicio entre los domicilios en cuestión y también tuvo la oportunidad de hablar con el chofer.
La otra violación que se cometió, detalló el litigante, fue en el cateo a la casa de Ruby. Aunque existía una autorización para revisar la vivienda, Valencia informó que no se presentó el documento ni se entregó copia de los puntos resolutivos.
Además, al momento de su declaración sólo iba acompañada de un representante cuando la Fiscalía le debió proporcionar un defensor público por su posible participación en el crimen.
La respuesta de los abogados de la FEADLE fue breve.
Antes de presentar sus argumentos, el licenciado Granados aseguró que el crimen de Miroslava está en un contexto de violencia que ha puesto a Chihuahua en la mira internacional en casos como -refirió- la masacre de Creel y el asesinato de los hermanos LeBarón y por ello “no puede quedar impune”.
Videos
En concreto, el abogado aseguró que el artículo 215 del mismo código establece que “toda persona o servidor público está obligado a proporcionar oportunamente la información que requieran el Ministerio Público y la Policía en el ejercicio de sus funciones de investigación de un hecho delictivo concreto”, lo que valida la obtención de los videos.
Cateos
Granados insistió en que los agentes que participaron en el cateo en Villas del Real sí colocaron la copia en la puerta del domicilio. Si bien reconoció que algunos policías que estuvieron presentes firmaron como testigos del cateo, hay excepciones en la ley que les permite asumir ese papel.
Ruby
De la vivienda en Arroyo del Sacramento, argumentó que en la vivienda no se aseguró evidencia para excluir. Añadió que, al momento de tomar la declaración de Ruby, sólo se le proporcionó un representante y no dos porque acudió en calidad de testigo protegido al tener un vínculo familiar con uno de los presuntos responsables.
Además, no fue considerada como involucrada en el crimen porque aseguró que desconocía el hecho y sólo le dio hospedaje a Juan Carlos.
Al final del debate, la jueza Cristina Lozoya anunció que no se pronunciaría por la exclusión de pruebas por no contar con los elementos para determinar si se violó algún derecho fundamental en el proceso, por lo que serán los testigos quienes deberán aclara la situación en la próxima audiencia.
Al final del desahogo de pruebas, sólo se excluyeron tres testimonios que fueron considerados sobreabundantes, así como la declaración de un testigo protegido menor de edad.
Aseguran un año más de prisión preventiva
Lozoya Gámez concedió a la FEADLE ampliar un año la medida cautelar de prisión preventiva para El Larry, y suspendió el proceso hasta que se resuelva un recurso de revisión sobre un juicio de amparo que solicitó su defensa.
Adelantó que, una vez que concluya dicho proceso, se dictará auto de apertura para el juicio oral que llevará el juez Octavio Pineda Toribio.
La reparación del daño
Al inicio de la audiencia la FEADLE presentó su acusación y la propuesta de reparación del daño:
Por el delito de homicidio calificado con los agravantes de premeditación y ventaja a título de coautor material, se solicitó una pena de 70 años y el pago de:
– 42 mil 700 pesos por pago de servicio funerarios
– 6 millones 390 mil pesos de indemnización por muerte
– Un millón a cada víctima indirecta como reparación del daño moral
La abogada Sara Mendiola, directora de Propuesta Cívica, presentó su propio proyecto de reparación del daño que consiste en:
-65 mil 864 pesos en gastos funerarios
-400 mil pesos por indemnización según los ingresos de Miroslava
-6 millones 390 mil pesos / Un millón a cada víctima indirecta como reparación del daño moral.