Opinión

Legislaturas y Ayuntamientos ‘gerbers’




julio 1, 2020

‘Juventud política’ a partir de los 18 años, los pros que argumentó del Congreso de Chihuahua para reducir la edad para que ciudadanos se postulen como diputados e integrantes de los ayuntamientos

Gerardo Cortinas Murra

Aclaración: amable lector de LA VERDAD de Juárez, en esta colaboración editorial me limitaré a citar los argumentos vertidos por los diputados locales para justificar la reducción de la edad (a 18 años) para poder ser postulado a los cargos de diputado y/o miembro de ayuntamiento.

En la próxima colaboración (viernes), expondré los argumentos antagónicos que, a mi parecer, deberían prevalecer para que la edad mínima para ser diputado y/o miembro de ayuntamiento sea, cuando menos, 35 años.

De esta manera, usted podrá valorar los argumentos en pro y en contra respecto a la dicotomía referente al término ‘juventud política’ que deben tener los ciudadanos para ser considerados, social y políticamente, personas aptas para integrar los órganos colegiados legislativos y edilicios.

La iniciativa presentada para reducir la edad para ser postulado como diputado, se basa, entre otras, en las siguientes consideraciones:

Siendo la fracción II una causal evidente de discriminación por razón de edad teniendo muy en cuenta que está prohibida la discriminación y que así mismo es el sector con más interés en las elecciones, hay que tener muy en cuenta que los jóvenes de hoy serán los adultos de mañana, seamos nosotros quienes les demos la oportunidad de tener una educación con fomento, interés y desarrollo desde jóvenes en el orden público.

De esta manera fomentaremos a que más ciudadanos chihuahuenses formen parte del Poder Legislativo para que en un futuro en lugar de ser el 62 por ciento de participación de votantes logremos el 100 por ciento; reiterando que comencemos por los “pequeños” que serán los grandes del mañana.”

Por su parte, la Comisión Legislativa sustentó su dictamen en las siguientes consideraciones:

Quienes integramos esta Comisión estamos plenamente convencidos que la presente reforma es necesaria para eliminar los obstáculos de la participación de la población joven como diputadas y diputados, es así que, en conclusión del análisis realizado a la iniciativa en comento, estimamos oportuno y viable la propuesta para evitar la discriminación, por un factor como lo es la edad, y abrir las puertas a que la ciudadanía pueda ejercer plenamente sus derechos político electorales, y realizar funciones del servicio público de una manera efectiva y eficiente.

En cuanto a la iniciativa para reducir la edad de los candidatos a miembros de ayuntamiento, los diputados promotores afirman que:

No nos podemos permitir ir en retroceso, ni quedarnos atrás en evolución legislativa, sino en todo momento la evolución, como país en conjunto, como estado nos caracterizamos por contar con constante crecimiento… Es por ello que nuestro estado de chihuahua también busca la integración de la ciudadanía del sector juvenil en estos cargos y con ello generar la motivación a la participación de la ciudadanía en temas públicos y políticos, seguir en el combate de la no discriminación y buscar la evolución constante.

En el dictamen aprobado por la Comisión Legislativa, se precisa lo siguiente:

Según datos del INEGI, en México existen 30 millones 600 mil personas, cuyo rango de edad comprende de los 15 a los 29 años… Resulta evidente que la juventud es un amplio grupo poblacional en nuestro país y según se ha percibido en los últimos años, cada día son más quienes se integran y participan activamente en la política nacional y de su respectiva Entidad Federativa.

A modo de ejemplo, podemos señalar que muchas y muchos de quienes integramos esta Soberanía empezamos a involucrarnos en asuntos políticos y partidistas desde edades muy tempranas… debemos coadyuvar para incentivar la intervención de personas jóvenes en cuestiones político-electorales, y una medida para lograrlo, lo constituye el garantizar que la legislación estatal no cuente con prohibiciones ni restricciones para que la juventud pueda acceder a cargos públicos, cuando su naturaleza lo permita…

…estamos plenamente convencidos que los cargos a que alude el artículo 127 de la Constitución Local pueden ser ejercidos de manera real, efectiva y eficiente por las personas que cuenten con las capacidades, aptitudes y habilidades idóneas para desempeñar el cargo, independientemente de su edad, pues esta última no constituye un criterio determinante que garantice una mejor ejecución de las funciones que deban realizar alguien que se dedique al servicio público.

Por último, el Diputado panista, Fernando Álvarez, afirma:

Al emitir nuestro voto a favor de reducir la edad mínima a 18 años para que los jóvenes puedan integrarse a los ayuntamientos, los diputados del PAN nuevamente refrendamos nuestro firme propósito de impulsar su participación en el servicio público, para que aporten su talento, conocimiento y entusiasmo a la búsqueda incansable del bien común… (y) ese inquebrantable propósito de privilegiar los principios de igualdad, de no discriminación, pero sobre todo, de reconocimiento a la integración de los jóvenes chihuahuenses a nuestra democracia y estanos seguros que nuestra sociedad se sentirá muy orgullosa de ellos.

Como dicen algunos de mis colegas articulistas: Nos leemos este viernes…

lo más leído

To Top
Translate »