Por primera vez en Jalisco, una mujer ganó un amparo para poder abortar a pesar de las leyes locales, con base en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Texto y foto: Perimetral
Jalisco- Ante la falta de armonización en Jalisco en materia penal de cara al derecho de interrumpir el embarazo en cualquier escenario, una joven acudió a la judicialización de sus derechos y promovió un amparo.
Este miércoles 23 de marzo, la abogada Angela García dio a conocer que el titular del juzgado federal concedió un amparo a favor de su representada, quien contó con el acompañamiento del Colectivo Emma Goldman AC.
Si la joven lo necesita o lo desea, puede abortar sin impedimento o sin resultar denunciada, señalada o criminalizada por personal de salud u otra autoridad.
La chica que ganó el amparo no está embarazada ni planea hacerlo, mucho menos enfrenta un proceso penal.
Tomando en cuenta la reciente despenalización del aborto en el estado de Coahuila, tras la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que declaró inconstitucional la criminalización de mujeres al abortar, Adrián Arteaga Navarro, titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, otorgó la razón.
EL juez afirmó que el artículo 228 del Código Penal del Estado de Jalisco viola los derechos de las mujeres.
¿Qué dice el artículo?
“Se impondrán de cuatro meses a un año de prisión a la madre que, voluntariamente, procure el aborto o consienta en que otra persona la haga abortar con ese fin y que el aborto se efectúe dentro de los primeros cinco meses del embarazo. Si el aborto se efectúa después de los primeros cinco meses del embarazo se duplicará la pena”.
El argumento
El Juez Federal de Jalisco declaró que la sanción a las mujeres que abortan voluntariamente “viola sus derechos reproductivos porque no le permiten tomar decisiones autónomas sobre la continuidad del embarazo”, informó el comunicado del Colectivo Emma Goldman.
Y fue más allá el juez, pues ordena que la regulación penal del aborto y la cláusula de protección a la vida desde la concepción «no se le aplique» a la mujer demandante, por lo que podrá acceder al aborto sin tener que justificar el motivo.
Esto último se refiere al artículo cuarto de la Constitución del Estado de Jalisco que protege la vida “desde la fecundación”.
Esto categorizado por organizaciones civiles, academia y víctimas, como una intromisión a la autonomía de las mujeres y los cuerpos gestantes. Tortura.
¿Qué dice el artículo 4 de Jalisco?
“Estado de Jalisco reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural”
Sentencia, punta de lanza
Al preguntarle a la abogada Ángela García por lo que representa haber ganado este amparo, comenta que sí, que es un refuerzo a la iniciativa de despenalizar el aborto en la actual legislatura.
Y es que se trata de la primera sentencia en Jalisco que se suma a otras determinaciones de juzgadores y juzgadoras de México por despenalizar el derecho a decir.
A partir de esta sentencia, esperan las integrantes del colectivo, el Congreso de Jalisco priorice el debate para armonizar al estado, donde hasta el 2015 había seis mujeres enfrentando un proceso penal por culpabilizarlas de infanticidio y otros delitos, tras decidir interumpir la gestación.
Escucha el audio completo de la conversación con la prensa, aquí:
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Este trabajo fue publicado originalmente en Perimetral que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes consultar la publicación original.