Ministerio Público Federal denuncia ante el juez que la Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración en Chihuahua ha mostrado reticencia y alteración de información, por lo que han tenido que recurrir a la instancia central; precisan que todo el personal de esta delegación se encuentra bajo investigación
Por Blanca Carmona / La Verdad
Ciudad Juárez- La Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración (INM) en Chihuahua ha obstruido la investigación en torno al incendio registrado en una de sus instalaciones, que provocó la muerte de 40 personas migrantes y las lesiones de otras 27, denunció el Ministerio Público (MP) de la Federación al precisar que todo el personal de esta delegación se encuentra bajo investigación.
Durante la audiencia en la que fueron vinculados a proceso penal dos funcionarios de segundo nivel del INM en Chihuahua y una tercera persona quedó libre, una de las fiscales le dijo al juez federal Juan José Chávez Montes que se ha tenido que solicitar la información a nivel central porque “la oficina de Chihuahua ha mostrado reticencia y alteración de información”.
Esta diligencia se siguió en contra de Eduardo A.M., Juan Carlos M.C., y Cecilia R.T., los dos primeros fueron vinculados a proceso penal por los delitos de homicidio, lesiones y ejercicio indebido del servicio público y se aprobó un plazo de cuatro meses para la investigación complementaria.
A Cecilia se le dictó auto de no vinculación a proceso y se ordenó su libertad, aunque las autoridades penitenciarias tardaron más de 12 horas en hacer efectiva la orden del juez Chávez.
La fiscal también dijo en una de sus intervenciones en la audiencia que sigue en proceso la investigación en torno a quiénes son los responsables de haber generado las condiciones de hacinamiento, la falta de agua potable, de enseres de limpieza, extinguidores, alarmas contra incendio, espacio de ventilación y otras medidas, en la estación provisional tipo B ubicada en la calle General Rivas Guillén, a un lado del puente internacional Reforma-Stanton.
Medidas que de haber existido hubieran podido prevenir la muerte de las personas extranjeras que estaban encerradas bajo candado, afirmó.
La fiscal también señaló que al inicio de la investigación a la representación social de la Federación se le entregó un organigrama sin los nombres de los funcionarios que ocupaban esas plazas.
En la etapa en que se verificó la pertinencia y legalidad de los datos de prueba que los abogados defensores de detenidos pretendían desahogar ante el juez, la fiscal acusó que había documentos alterados, otros elaborados por los propios funcionarios acusados después de ocurrido el incendio, para acreditar que sí cumplieron con sus funciones e, incluso, dijo que se tomó una serie fotográfica cuando el edificio ya estaba asegurado, lo que consideró como alteración de la escena.
La representante social indicó que están bajo la lupa mandos superiores.
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Rechaza pruebas el juez
A diferencia de la primera audiencia de formulación de imputación, celebrada el 13 de abril, en la que se formularon cargos legales en contra de Eduardo A.M., Juan Carlos M.C., y Cecilia R.T., la diligencia de vinculación o no a proceso que inició el martes 18 de abril y acabó 12 horas más tarde fue para que los acusados presentaran datos de prueba para acreditar que pueden ser inocentes.
Sin embargo, la mayoría de los datos fueron objetados por el Ministerio Público y al final rechazados por el juez.
Chávez Montes no admitió al menos 10 datos de prueba al considerar que era información no pertinente con el caso, por tratarse de oficios con los que se pretendía documentar que los funcionarios si habían cumplido con su trabajo en fechas posteriores o muy anteriores al día del incendio ocurrido el 27 de marzo del 2023.
También por tratarse de posibles datos de prueba ilegales, como se consideró una serie fotográfica tomada después del siniestro cuando el edificio ya tenía sellos de aseguramiento.
“Lo posterior no es materia. ¿De qué forma impacta en el proceso penal? No se trata de lo que hizo después, la imputación es sobre lo que no hizo antes de los hechos, es impertinente (el dato de prueba)”, afirmó el juez.
“A la defensa le llama la atención la postura del MP, pretende limitar el derecho de defensa. No vamos a poder defender hasta que detenga a todos los acusados; no estamos hablando de delincuencia organizada. No considera que el derecho a una defensa adecuada está por encima”, espetó el abogado Alejandro Villalobos Fresca luego de que la fiscal pidió que no se admitiera la declaración del perito Luis Fermín Cal y Mayor Rodríguez Familiar.
La agente del MP había pedido que no se permitiera declarar a ese perito porque a través de él la defensa pretendía incorporar las entrevistas realizadas a personal del INM y a guardias de la empresa de seguridad privada CAMSA S.A., de C.V., entrevistas que dijo hicieron agentes de la Policía Ministerial de la Federación con violación a derechos, pues a esas personas no se les nombraron defensores, aunque podrían ser consideradas responsables. Las entrevistas están en la carpeta de investigación.
“El MP no puede limitar a la defensa, no puede decir a quién podemos o no entrevistar. Tienen derecho a una defensa, en la formulación de cargos se habla de omisiones, con la entrevista vamos a hablar de la adscripción de mi representada que contraviene por completo la acusación”, dijo la abogada de Cecilia al momento que se analizaba si se admitía o no las declaraciones de dos funcionarias de la estación migratoria de Janos.
En esa parte, la fiscal afirmó que esas funcionarias de Janos también están bajo investigación y le pidió al juez que se los advirtiera. Al final, ambas funcionarias sí declararon.
Eduardo A.M., quien fungía como jefe del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, estuvo asistido por dos abogados privados.
Juan Carlos M.C., que se desempeñaba como coordinador del Grupo de Protección a Migrantes Beta en Ciudad Juárez y el único que rindió declaración ante el juez para describir las funciones que tenía, fue asesorado por dos abogados privados.
Cecilia R.T., jefa del Departamento de Operación, Seguridad y Custodia del INM en Janos, Chihuahua, quien no fue vinculada justo por estar adscrita a ese municipio, fue asistida por una abogada de otro estado de la República y por un abogado local.
Además, tres abogados más estuvieron en la diligencia, pero no pudieron tomar protesta porque el juez ordenó que solo lo hicieran quienes iban a tener intervenciones.
Del lado del Ministerio Público había seis fiscales y una asesora jurídica de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVE).
El análisis de si eran o no pertinentes y legales los datos de prueba, duró poco más de dos horas, pues los fiscales objetaron todo.
En varias ocasiones el juez llamó a ambas partes a ser concretos, a no incorporar nuevos argumentos cuando ya estaban en la contrarréplica.
“Si siguen metiendo argumentos no voy a acabar en toda la noche”, dijo el juez en otra parte de la audiencia ya cerca de la media noche y visiblemente molesto.
En otro momento el juez no le permitió a uno de los abogados de Eduardo A.M., agregar un argumento señalando que desde un principio les había advertido que no iba a dejar que dos abogados de un mismo acusado hablaran respecto a un mismo punto.
En otro momento de la audiencia, el juzgador también le dijo a un defensor que no iba a valorar lo que estaba diciendo porque estaba fuera de momento.
En una de sus intervenciones de la mesa del Ministerio Público se reclamó el hecho de que la audiencia fuera pública, afirmando que la investigación está abierta.
Previamente el juez había ordenado respetar el principio de publicidad que rige al sistema penal acusatorio, a pesar de la oposición de todos los intervinientes, en aras de que los ciudadanos tengan acceso a saber qué sucedió en la estación migratoria el 27 de marzo.
Recepción de pruebas
Al filo de las seis de la tarde, tras horas de alegatos, inició el desahogo de las pruebas. Juan Carlos M.C., fue el primero en subir al estrado. Dijo que él se desempeñaba como coordinador del Grupo de Protección a Migrantes Beta Ciudad Juárez desde el 2013.
Detalló que sus funciones eran coordinar la atención a migrantes nacionales y extranjeros, realizar acciones de rescate y salvamento cuando los migrantes estaban en situaciones de riesgo como en aguas del río Bravo, en zonas montañosas, en el desierto, cuando son abandonados por traficantes o cuando sufren accidentes como caídas del muro que divide en esta región a México de Estados Unidos; también el trasladarlos a albergues cuando ellos estaban de acuerdo, proporcionarles agua y alimento al rescatarlos y darles asesoría jurídica.
Juan Carlos afirmó que solo esas eran sus funciones, esto porque el Ministerio Público lo acusó de ser garante de la vida de los migrantes que estaban alojados en la estación provisional debido a que él formaba parte de la Unidad Interna de Protección del INM de Chihuahua.
“Nuestra área de acción es el río Bravo, la zona de montañas de Anapra a Santa Teresa, con vehículos todo terreno”, afirmó Juan Carlos al responder a una de las preguntas de su abogado.
En otro momento de la audiencia, el defensor de Juan Carlos dijo e insistió al juez que su representado nunca firmó el acta constitutiva de la Unidad Interna de Protección Civil.
“Lo que aquí se presentó no tiene sellos ni firmas… hago hincapié que esa acta no fue formalizada, el acusado no fue notificado”, afirmó el litigante para luego decir que Juan Carlos no era garante de la vida e integridad de las personas encerradas en la estación provisional, porque incluso no le tocaba hacer puestas a disposición de migrantes.
Al responder a esa argumentación, la agente del MP señaló que la estación migratoria funcionaba con normas, que él era garante de la seguridad de los migrantes ahí recluidos por mandato de ley, del Manual de Organización del INM donde se indica el perfil específico del puesto que él ocupaba.
“Que no lo haya firmado no lo exime, las funciones están en la ley, él tiene un nombramiento, hay un perfil del puesto… ellos elaboraron el acta, ya hay dos personas vinculadas a proceso penal por ser parte de la Unidad Interna de Protección Civil y no dar cumplimiento a los protocolos”, aseveró la fiscal para luego rematar: “por más que quieran decir que no tenía conocimiento de las funciones, sale peor que un funcionario desconozca”.
Al final, el juez sí vinculó a proceso a Juan Carlos al considerarlo garante de las personas migrantes que murieron o resultaron heridas y por ser integrante de la Unidad Interna de Protección Civil, instancia que fue omisa en contar con extintores, alarmas contra incendio, ventilación, no capacitó al personal, no realizó simulacros y no verificó el uso de colchonetas de vinil.
El perito Luis Fermín Cal y Mayor Rodríguez Familiar, quien fue presentado por la defensa de Eduardo A.M, indicó haber revisado indicios y evidencias que obran en la carpeta de investigación. Entre estos los videos captados por 16 cámaras de seguridad instaladas en la estación migratoria que fue quemada.
Afirmó que en las imágenes que revisó se observa que el 27 de marzo a las personas migrantes se les dio agua y alimentos a las 9 de la mañana a las 2 y 6 de la tarde. Un vaso de agua con cada alimento.
El perito afirmó que eran platillos abundantes servidos por la empresa Colimpa S.A. de C.V. Además, explicó que las cámaras captaron que a los migrantes se les dio un kit de limpieza personal y que había limpieza en el área de alojamiento.
Cuando el abogado defensor anunció la declaración del perito, a quien solo se le autorizó hablar respecto a los alimentos y agua, dijo que el 27 de marzo en total se sirvieron 320 platos.
El MP también interrogó al perito, le preguntó cuál fue el software que usó para analizar el video. A lo que el perito dijo no recordar y el fiscal fue insistente en la pregunta diciendo que si tenía 30 años de perito porque no recordaba que software usaba.
El interrogatorio se alargó, hasta que el juez le dijo al fiscal que no veía nada novedoso en la información que obtenía.
En su resolución, al vincular a proceso a Eduardo, el juez dijo que no le creía al perito pues no sabía ni cuántas fotos había agregado a su dictamen ni a qué hora del día correspondían las imágenes,
“¿Cómo podría creerle yo al perito ante el relato de las mujeres que estaban en la estación migratoria y que escucharon que del área varonil pedían agua?”, cuestionó el juez.
El juzgador también recordó que sobrevivientes del incendio narraron que la comida era insuficiente, que un grupo de venezolanos le habían quitado la comida a otros migrantes y no hubo quien pusiera orden; que declararon que en el área varonil no había agua potable para beber desde el día anterior al incendio.
El juez concluyó que Eduardo era garante de la seguridad de los migrantes porque era el responsable de administrar recursos humanos y materiales para la operación de la estación migratoria y en lugar de hacerlo el 27 de marzo, ante la inconformidad de los migrantes, le ordenó al jefe de los guardias de seguridad de CAMSA que les dieran agua amarillenta de la llave.
“Atenta contra la dignidad humana que les dieran agua de la llave estando alojados”, refirió el resolutor.
El juez únicamente estuvo de acuerdo con la defensa de Cecilia R.T., al señalar que el MP no acreditó que ella fuera la jefa del Departamento de Operaciones, Seguridad y Custodia del INM en todo el estado de Chihuahua.
Solo se acreditó que tenía ese puesto en el Municipio de Janos, a más de 200 kilómetros de Ciudad Juárez donde sucedió el mortal incendio.
“Entiendo que es la única que tiene ese puesto, pero no hay documento de que sea en el estado de Chihuahua, no hay un dato de prueba a manera de probabilidad relacionado con la estación migratoria de Juárez. Los datos de prueba no me permiten decir que tenía la calidad de garante en Ciudad Juárez, sí en Janos”, refirió el juez al filo de las 3:15 de la mañana.
A los familiares de los funcionarios públicos vinculados a proceso se les permitió acercarse a ellos, pero sin contacto físico. Las hijas de Eduardo rompieron en llanto y se abrazaron a su mamá, también la esposa de Juan Carlos lloró ante el fallo que mantendrá a ambos hombres en la cárcel.
El juez aprobó cuatro meses para la investigación complementaria.