El agente ministerial Arturo Iván V.S. fue acusado ante el juez del homicidio del conductor estadounidense con la atenuante de “un exceso en el cumplimiento de su deber” en legítima defensa, debido que la Fiscalía de Chihuahua considera que el policía no actuó ilegítimamente solo que se excedió, situación con la que se busca disminuir la sanción contra el acusado
Por Blanca Carmona / La Verdad Juárez
Ciudad Juárez- El agente ministerial Arturo Iván V.S., quien baleó de muerte a un conductor estadounidense, fue presentado ante un Tribunal de Control este miércoles 8 de enero, donde fue acusado del delito de homicidio simple y doloso, pero con la atenuante de “un exceso en el cumplimiento del deber” en legítima defensa.
La atenuante significa que la Fiscalía General del Estado (FGE) de Chihuahua considera que el policía no actuó ilegítimamente solo que se excedió. En caso de que el asunto llegue a sentencia, esta consideración permitirá que la pena que reciba el agente sea reducida.
La víctima Julián Alfredo Rodríguez Medina, de 20 años y enfermero de profesión, fue atacado con un arma AR-15, presentó siete heridas y murió al sufrir una laceración encefálica, se informó en la audiencia judicial.
Este miércoles, el juez de Control Erick Robles Chávez, declaró legal la detención del policía, le impuso la medida cautelar de prisión preventiva por un año y programó la audiencia de vinculación o no a proceso para el 13 de enero a las 11 de la mañana.
Al iniciar la audiencia, en la sala 22 de la “Ciudad Judicial”, una agente del Ministerio Público, de la Dirección de Inspección Interna de la FGE, solicitó al juez que se declarara de legal la detención de su compañero, para ello dio lectura a la entrevista ministerial realizada a la acompañante del agente, a Brenda Nayeli Castañeda Esparza.
La testigo, quien también es agente del Ministerio Público y pareja sentimental del policía Arturo Iván, dijo que el domingo 5 de enero ambos se encontraban en la calle 21 de Marzo trabajando en la carpeta de investigación 371-25-233 relativa a una violencia familiar y con detenido.
Castañeda había tocado en la casa marcada con el número 3038 de la calle 21 de Marzo y hablaba con la persona que atendió, Raúl Salas Chávez. Mientras el ahora acusado brindaba seguridad perimetral, dijo la agente a cargo del caso al juez de Control.
La testigo presencial escuchó el rechinar de llantas, volteó y pudo ver un automóvil Mustang, así como al agente Arturo Iván que les hacía señas a los ocupantes, para que bajaran la velocidad.
Brenda Nayeli también relató que vio que el conductor del Mustang –quien resultó ser el enfermero Julián Alfredo Rodríguez Medina–, casi embistió con el vehículo a su compañero, luego observó que el auto se echó de reversa, quemó llanta.
También vio el momento en que el carro estaba sobre la calle Juan de la Barrera y cuando se dirigía hacía el agente ministerial. Fue entonces que ella se encaminó a la unidad oficial, escuchó de tres a cuatro impactos de bala y presionó el botón de pánico para pedir ayuda.
La fiscal le indicó al juez que la detención del agente Arturo Iván V.S., se formalizó a la 1:02 de la tarde del domingo 5 de enero luego de que los acompañantes de la persona fallecida lo reconocieron como el responsable, de que se aseguraron dos armas de fuego del policía y se tuviera a la vista el cadáver de la víctima.
En su turno y ante la petición de que se declarara de legal la detención y retención del policía Arturo Iván, el abogado defensor, Irving Almaraz Ortiz, argumentó que respecto a la hora de detención había una discrepancia de casi dos horas y media, entre los reportes oficiales y los datos de la plataforma del Registro Nacional de Detención (RND).
El defensor afirmó que en el RND la hora que se informaba como detención era las 3:38 de la tarde y en los oficios la 1:02 de la tarde. Agregó, que el MP está obligado a documentar los mismos datos ya que el objeto de la Ley Nacional de Registro de Detenciones es evitar violaciones a los derechos humanos.
Al final el juez consideró que estaban satisfechos los plazos constitucionales para considerar legal la detención y la retención de 48 horas que hizo el MP, indicando que efectivamente los registros deben ser inmediatos para evitar privaciones ilegales, pero -enfatizó- darle validez a la argumentación de la defensa impediría conocer la verdad histórica de los hechos y hacer justicia, además consideró las diferencias en el huso horario entre cada ciudad y al ser una plataforma nacional, así como las fallas propias del Internet.
Por lo que la diligencia avanzó a la formulación de cargos.
¿Legítima defensa?
En esa etapa, la representante social le informó al acusado que la Fiscalía sigue una investigación en su contra porque el 5 de enero al estar en horario de labores y con motivo de sus funciones, como policía de investigación de la AEI, ante una situación de extremo peligro “se vio en la necesidad de utilizar la violencia siendo su único medio de defensa el arma de cargo AR-15 calibre .223”.
El agente estatal realizó varios disparos que perforaron el vidrio trasero del auto Mustang modelo 2002 con matrículas 827 XHW del Estado de Nuevo México, e impactaron a Julián Alfredo Rodríguez quien iba como conductor, dijo la fiscal.
El ahora detenido, realizó varias señas de alto al conductor y a sus dos acompañantes, pero estos hicieron caso omiso y condujeron hacía la humanidad del agente estatal y también comandante del K9.
Al ver a uno de los pasajeros “encapuchado y ante las circunstancias de código rojo por los recientes hechos” el policía disparó, dijo la representante social.
Las detonaciones de arma de fuego se hicieron cuando el automóvil avanzaba hacia adelante, después de haber ido en reversa.
La fiscal refirió que el servidor público incurrió en un exceso en el cumplimiento de un deber legal.
“El tripulante iba ya a la huida y usted continuó la agresión hacía la parte trasera del vehículo, sin proteger ni garantizar el derecho humano, ni el derecho a la vida de las personas”, acusó la fiscal de la Dirección de Inspección Interna de la FGE.
La acusación fue escuchada en silencio por el policía Arturo Iván, quien permanecía sentado en el área del público, detrás de sus abogados, y se observó triste y con los ojos llorosos al momento que inició la diligencia.
Los hechos se clasificaron como homicidio simple, doloso y también con una atenuante contemplada en los artículos 28 fracción IV y 80 del Código Penal.
En el Artículo 28 apartado IV se refiere a la legítima defensa, indicando “se repela una agresión real, ilegítima, actual o inminente, protegiendo bienes jurídicos propios o ajenos, de la cual resulte un peligro inmediato, siempre que no haya podido ser fácilmente evitada, exista necesidad racional del medio empleado para repelerla, no mediara provocación suficiente por parte del que se defiende o que el daño que iba a causar el agresor no hubiese podido ser fácilmente reparado después por medios legales”.
En el Artículo 80 se indica que al existir un exceso en el cumplimiento del deber se impondrá “la cuarta parte de las penas o medidas de seguridad, correspondientes al delito de que se trate”.
Esta clasificación implicaría una pena de aproximadamente de tres años y seis meses a siete años y medio. Sin atenuante, la pena para el delito de homicidio sería de al menos 10 años de cárcel, explicó uno de los abogados defensores.
En la audiencia, como dato de prueba también se presentó al juez la declaración de Jorge Arturo Rodríguez Medina, hermano de la víctima fatal y testigo de los hechos, pues él viajaba como copiloto al momento del asesinato.
Jorge narró que el domingo salió con su hermano y un amigo a realizar una compra, a bordo del Ford Mustang propiedad de su familiar, y como siempre se puso una máscara de licra tipo táctica porque presenta reumas y dolor en la cabeza debido a que le colocaron varios clavos en el cráneo por las lesiones que sufrió en un accidente automovilístico que vivió hace un año.
Además, dijo que cuando regresaban de la tienda El Gordo, vieron a un agente vestido de negro con un chaleco, se fueron de reversa por la calle Juan de la Barrera luego avanzaron hacía el frente, escucharon dos detonaciones y no avanzaron ni dos cuadras cuando percibió que el carro donde viajaba se impactó con otro, una Ford Explorer, y que su hermano tenía lesiones en la cabeza y sangre en la chamarra.
Jorge Arturo recordó que el policía los puso a él y a su amigo en el piso, sobre la banqueta, pero ellos estaban asustados e intentaron moverse y el agente los amenazaba con matarlos. Luego él se zafó, corrió, alcanzó a quitarse la chamarra y más adelante fue detenido y esposado por otros policías.
“Nos insultaban, nos querían revisar el celular”, declaró el testigo.
El hermano de la víctima, explicó que el Ford Mustang está modificado, en otras ocasiones habían tenido problemas con ese auto y en esta vez pensaron que se los querían quitar.
La otra persona que viajaba en el Mustang, Ricardo Nava Villarreal, declaró ante el Ministerio Público que el 5 de enero entre las 9:30 o las 10 llegó a la casa de sus amigos Julián y Jorge y la mamá de ellos los mandó a la tienda a comprar frijoles.
También, explicó que cuando venían de regreso vieron a un oficial; Julián patinó el Mustang lejos del agente y cuando se acercaron a este, el agente les hizo señas para que se detuvieran y casi enseguida les apuntó.
“Julián fue de reversa por la calle y se sigue de frente, es cuando disparó. Escuché seis balazos como a los lados de las llantas y de atrás. Creo que le dio a Julián porque chocó con varios vehículos”, señaló Ricardo Nava.
Este testigo precisó que Jorge se bajó del auto para ayudar a Julián, pero a ambos los pusieron en el piso y después llegaron más policías y unidades.
Otro dato de prueba presentado al juez es un informe emitido por el médico Alfredo Ramírez Orozco, de fecha 12 de agosto del 2024 en el que se documentó que Jorge Arturo -quien iba de copiloto en el Mustang azul- tiene varias fracturas y hematomas en la cara, en el maxilar, en el área infraorbitaria y en el fémur izquierdo, por lo que utiliza un pasamontañas.
Raúl Salas Chávez, el hombre que estaba hablando con la acompañante del policía que disparó, dijo que él no sabe si los ocupantes del Mustang querían echarle el carro al agente, solo vio cuando el oficial les hizo señas de que se pararan, pero no lo hicieron, se fueron de reversa e intentaron dar una vuelta, pero no podían, y el agente portaba un arma larga. Después escuchó los disparos y se metió a su casa.
Una vecina de la calle Melchor Ocampo que se encontraba en la vía pública al momento de los hechos declaró, que el Mustang era manejado a exceso de velocidad, lo patinaron e intentaron “echarlo encima”, al policía estatal. Además, precisó que los ocupantes se rieron del policía.
En el sitio de los hechos, los peritos estatales recolectaron tes casquillos percutidos de calibre .223. Al presunto responsable se le aseguró un arma AR-15 con lámpara laser y 26 casquillos, también un arma corta calibre 9 milímetros con un cargador abastecido con 17 cartuchos.
El auto Mustang quedó con dos orificios en el cristal trasero, otro en el rin trasero del lado del copiloto, dos llantas ponchadas y daños en el cofre y la defensa.
La víctima Julián Alfredo Rodríguez presentó siete heridas en diversas regiones del cráneo, ocasionadas con arma de fuego disparada de atrás hacía adelante, se estableció al realizar la necropsia de ley, dijo la fiscal al Tribunal.
El agente arrestado, Arturo Iván V.S., ingresó a las filas de la FGE el primero de junio del 2021 como suboficial de la Policía de Investigación bajo la dirección de la AEI, se estableció en la audiencia.
Como datos de prueba, también se sumaron dos videos. Uno captado por uno de los ocupantes del Mustang y otro por una de las cámaras de seguridad instaladas en la ciudad.
Ante los señalamientos el policía acusado decidió no declarar.
Al final de la diligencia, se analizó la medida cautelar. La fiscal a cargo pidió la prisión preventiva argumentando que se justificaba porque existe un riesgo de sustracción, así como de que el agente obstaculice el proceso penal y por el riesgo para las víctimas y la sociedad.
Los abogados defensores no presentaron alguna argumentación, por lo que el juez impuso la medida cautelar de prisión preventiva.
Después de unas cuatro horas y media, el juez cerró la diligencia y el acusado fue retirado por los policías procesales hacía el túnel que conecta con el Cereso 3 de Juárez.
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