Opinión

Elección judicial, candidaturas impresentables




abril 19, 2025

Las redes sociales se han inundado de denuncia contra aspirantes duartistas, narcojueces, jueces que sentencian de modo incomprensible más allá de entender sus decisiones como resultado de favoritismos o derivadas de procesos de corrupción… pero las y los más lesivos son -a mi parecer- quienes liberan a agresores sexuales y feminicidas

Por Mariela Castro Flores
@marielousalomé

Colaboración especialmente dedicada al juez en funciones, Ernesto Alonso Armendáriz, Ituarte #77 en la boleta, que aspira a refrendar su posición como juez penal.

Para bien o para mal, el proceso electoral extraordinario del poder judicial del estado a culminar este 2025, ha arrancado con malos augurios y algunas áreas de oportunidad que nos representan a la ciudadanía, una oportunidad de reconfigurar la forma en que nos organizamos para la toma de decisión en temas que nos atañen y eventualmente, afectaran nuestra cotidianidad. A palo dado, ni dios lo quita. Disculpe usted el diosismo; pero de milagro se logra entender lo muy compleja que resultara la elección, sobre todo, porque la autoridad electoral, sus largos litigios, controversias y respuesta a las problemáticas en materia electoral enunciadas por la sociedad, han sido resueltas con el objetivo de garantizar contiendas más equitativas y accesibles.

De ahí, que este proceso resulta uno de reeducación y nuevos aprendizajes. Se pronostica una muy baja participación; sin embargo, si hablamos de oportunidades, quizá la mejor es tener la posibilidad de saber de bien a bien, como gente de a pie, personas comunes, cómo es que se integra el Poder Judicial y cómo es que se ha venido ejerciendo la “justicia” en el estado; también, por la forma de insacular (no hablando del proceso y el mecanismo de elección) sino la definición de cuotas y pago de favores políticos y electorales a la hora de repartir candidaturas. En este punto es que nos podemos dar cuenta que desde antes, muy poco tiene que ver la capacidad, conocimientos o experiencia de las y los juzgadores con su función y la proclividad que poseen para corromperse o juzgar sin procurar o garantizar justicia.

No generalizo pero la equidad, la justicia, la igualdad, una vida libre de violencia para todas las personas, el reconocimiento de la autonomía progresiva y el libre desarrollo de la personalidad de niñas, niños y adolescentes desde un enfoque de derechos humanos, perspectiva de género, infancias, juventudes, enfoques diferenciados que transversalicen la laicidad y la pertinencia cultural, no es lo que guía de su función. Sentencias laxas o que liberan a violadores, feminicidas o que no reparan es una constante como una constante ha resultado que, a pesar de que las Fiscalías integren de modo adecuado sus carpetas de investigación es común que jueces y juezas definan sin tomar en cuenta múltiples elementos contenidos en ellas.

Las redes sociales se han inundado de casos a modo de denuncia de aspirantes duartistas, narcojueces, jueces que sentencian de modo incomprensible más allá de entender sus decisiones como resultado de favoritismos o derivadas de procesos de corrupción, aspirantes sin experiencia ni carrera jurisdiccional que ambicionan magistraturas (deje usted ser jueces, ¡no! magistraturas); pero las y los más lesivos son -a mi parecer- quienes liberan a agresores sexuales y feminicidas. Por primera vez, podemos someter a estricto escrutinio su ejercicio y decidir si siguen en su función, o no.

Para ejemplo un botón: el juez a quien le dedico esta colaboración, que dejó en libertad al violador Christian Alejandro Caudillo Bencomo -del que podemos mencionar su nombre porque al ser sentenciado tras un procedimiento abreviado a una pena de 14 años, 5 meses y 10 días de prisión agotó su presunción de inocencia- y que ya se encontraba en la cárcel con carpeta de ejecución es 328/24. Su captura fue derivada de un ordenamiento judicial ejecutado por agentes del Grupo Especializado en Cumplimiento a Órdenes de Aprehensión, donde fue puesto a disposición del Juez Penal de Primera Instancia que le requería. Fue así que se consiguió la condena antes mencionada, también se le comprometió a pagar la cantidad de 56 mil 758 pesos en efectivo como reparación del daño. Decisión recurrida quedando en manos de Ernesto Alonso Armendáriz Ituarte.[i]

Este, sustituyó la pena de prisión a cambio de firmar cada 15 días con el pretexto de ¡ir a cuidar a su hija de 1 año 11 meses de edad! A un violador sentenciado, sin dar vista el DIF para lograr concretar el acto de corrupción; ya que, si lo hacía, no podría determinar entregar la custodia a un agresor sexual porque el DIF se avoca a encontrar redes de apoyo y si no las hay, ofrece recursos y seguimiento para que cuidadores primarios puedan seguir ejerciendo cuidados, en este caso la madre, que por periciales privadas ofrecidas por el imputado, Armendáriz Ituarte determinó retirar la custodia a la mamá de la niña. Por eso, se operó en total opacidad, para liberar a un agresor sexual en detrimento de la seguridad e integridad de una niña de poco menos de dos años.

De este caso y muchos más hemos podido saber porque las y los aspirantes se encuentran en campaña y de ahí surge el interés de analizar a fondo sus criterios a la hora de administrar justicia.

El relatado solo es una gota de agua en el mar; pero la mala praxis judicial se tiene que visibilizar y ojalá nos alcance de aquí al 1 de junio, para revisarlos en su totalidad.

No será posible, pero si es habrá un gran avance si gran parte de la ciudadanía se anima a colaborar en este ejercicio.

***

Mariela Castro Flores. Politóloga y analista política especialista en temas de género y derechos humanos.


[i] https://www.eldiariodechihuahua.mx/local/2025/apr/15/libero-juzgador-a-entrenador-acusado-de-violacion-en-2024-692902.html

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