Justicia

AMLO anuncia decreto para liberar a personas torturadas y sin sentencia; ‘esos beneficios ya existen’: activistas




julio 30, 2021
Fotografía: Presidencia

Las personas privadas de la libertad con más de 75 años, o con más de 65 y alguna enfermedad crónico-degenerativa, aquellas que no hayan recibido sentencia en una década y las que hayan sido torturadas podrán salir libres si los delitos que enfrentan no son graves, anunció el presidente. Activistas advierten que esos beneficios ya están en la Ley  Nacional de Ejecución Penal

Daniela Pastrana y Daniela Rea / Pie de Página

Ciudad de México- El gobierno federal anunció que la próxima semana estará listo un decreto para la excarcelación de personas que están en prisiones federales que tengan alguna de estas cuatro características:

Que sean mayores de 75 años; que tengan más de 65 y alguna enfermedad crónico-degenerativa; que lleven más de 10 años en prisión sin recibir una sentencia; y que se demuestre, mediante la aplicación del protocolo de Estambul, que haya sido víctima de tortura.

“No queremos la tortura en México, nadie merece ser torturado, nadie”, dijo el presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Estas cuatro acciones van a formar parte de un decreto que voy a firmar y que va a elaborar la Secretaría de Gobernación. Lo vamos a elaborar la semana próxima para presentar y publicarlo”.

En todos los casos se va seguir un procedimiento simplificado y, en el caso de las personas enfermas, la Secretaría de Salud hará los diagnósticos correspondientes. El plazo para que esta acción se concrete será el 15 de septiembre, aseguró López Obrador en conferencia.

En las prisiones federales hay actualmente 12 mil 358 internos, que representan el 12.7 por ciento de la población total de las cárceles del país.

El resto, 82 mil 189 personas, están aún privadas de su libertad por algún delito del fuero común, por lo que  el presidente hizo un llamado a los gobiernos estatales y al Poder Judicial, a que agilicen la liberación de personas en cárceles estatales.

“La justicia, como lo establecen los ordenamientos legales, tiene que ser rápida, expedita. ¿Cómo va a estar una persona detenida por más de 10 años sin sentencia?”, cuestionó el presidente.

La secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, explicó que el Código de Nacional de Procedimientos Penales ya establece “con toda precisión”, que las personas mayores de 70 años pudieran obtener el beneficio de la prisión domiciliaria. 

Sin embargo, no aclaró por qué esto no se lleva a la práctica, ni cuántas personas serán beneficiadas con esta medida.

La funcionaria explicó que el decreto solicitado por el presidente permitirá a las personas mayores de 75 años y a las que tengan enfermedades crónico-degenerativas seguir su proceso en  prisión domiciliaria.

“Estos beneficios ya existían”

Denisse Montiel, directora del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (Cepad) en Jalisco, señala que los elementos anunciados por el gobierno federal la mañana del jueves ya forman parte de la Ley  Nacional de Ejecución Penal.

“Además de lo que plantea la Ley Nacional de Ejecución Penal, la ley de Amnistía (2020) se colocaba como una política de reconocimiento a sectores de víctimas y no ha sido eficiente; hablaron de un proceso simple pero no se explicó cómo sería este proceso, quién lo llevaría a cabo porque ya hay mecanismos que a la fecha no han sido efectivos”, dijo a Pie de Página. 

Denisse Montiel señala que el decreto se refiere sólo a delitos del fuero federal que representan sólo el 12 por ciento de las personas en esta situación, ¿qué pasará con la gran mayoría de personas privadas de la libertad?

Otro elemento es que el decreto trata sólo de delitos no graves, pero ¿qué pasa con las personas que sí están en esta condición por delitos graves?

“Sabemos que muchas personas fueron acusadas de delitos graves y que no entrarían en estos beneficios; y en muchos casos la tortura fue utilizada en personas testigas para fabricar delitos y estos casos tampoco entrarían en las condiciones”.

Sobre la tortura, un área en la que Cepad ha trabajado y acompañado a víctimas en los procesos de acceso a la justicia, Denisse Montiel plantea que “a quienes sufrieron tortura lo limitan a quienes cuenten con un protocolo de Estambul y esto es proecoupante porque se vuelve a reducir y a hacer esta falsa creencia de que si no hay protocolo no hay tortura o que el protocolo es la única prueba para desmotrar o alegar tortura; y sabemos que a nivel nacional están sobresaturadas las instituciones encargadas de hacer estos procedimientos y no se aceptan los peritajes independientes, sólo los oficiales que muchas veces son hechos inadecuadamente y por las mismas autoridaades que antes conocieron de la tortura”.

En México, según la  Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (INEGI, 2016), el 79 por ciento de las personas detenidas fueron torturadas o maltratadas durante la detención, traslado o estancia en el ministerio público.

Además de que queda pendiente la investigación a las personas y funcionarios responsables de la tortura que se infringió a los detenidos “y no deberían de persderse de vista estas investigaciones, que deberían iniciarse de oficio, aunque las personas acusadas con tortura hayan sido puestas en libertad”.

Montiel reconoce que el gobierno federal pone de nuevo el tema sobre la mesa, “pero el tema de fondo es que ya hay procedimientos que deberían estar funcionando y si estos no han sido funcionales ¿qué va a cambiar de esta política o de este decreto que sí la haga funcionar? Y aprovechando que está el tema sobre la mesa, deberíamos reflexionar  y pugnar por políticas no punitivas, es contradictorio que por un lado se reconozca a las vñictimas de tortura y preliberacion pero por otro lado se aumenta el catalogo de prisión preventiva”.

¿Y la reinserción?

Daniel Serrano de Insade, retoma el reclamo de que estos elementos ya existían en la Ley Nacional de Ejecución Penal. 

Además, planteó que el actual sistema penitenciario y las instituciones corresponsables como las secretarías de Gobernación, Desarrollo Social, Economía, Educación Pública, Cultura, Salud, Trabajo y Previsión Social, entre otras, “no están preparadas para dar atención a las personas que egresan de las prisiones y que tienen la obligación en el marco de la ley de garantizar servicios post penales”.

En el año 2016 se aprobó la ley Nacional de Ejecución Penal, el objetivo, agrega Daniel Serrano era “transformar el sistema penitenciario y el coadyuvar en la reinserción social”. En esa ley se establece que se garantizará la reinserción social además de promover en la sociedad la cultura de aceptación del liberado o externado.  

En el país aún no hay instituciones responsables de la reinserción social, según datos recabados por Insade sólo en 12 estados existen comisiones Intersecretarial de Reinserción Social instalada y que brindan servicios pospenales, estos son Aguascalientes, Baja California Sur, Chihuahua, Ciudad de México, Estado de México, Guanajuato, Jalisco, Hidalgo, Morelos, Puebla, San Luis Potosí y Yucatán. Mientras que en los otros 20 no existen estas instituciones. 

“Ante la noticia anunciada las dudas que surgen son: ¿habrá un trabajo coordinador, libre discriminación con el INE para que aquellas personas que no recibieron una sentencia por mas de 10 años se les renueve de manera rápida sus derechos político-electorales? Cómo se aplicará el Protocolo de Estambul a aquellas personas que fueron víctimas de tortura? ¿Se agilizará la instalación de las Comisiones Intersecretariales de Reinserción Social y de Servicios Pospenales en aquellos estados no esté instalado aún? ¿Los servicios Pospenales se harán en alianza con organizaciones de la sociedad civil que trabajamos en pro de la reinserción social de personas egresadas del sistema de justicia penal?”, dice Daniel Serrano. 

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Este trabajo fue publicado originalmente en Pie de Página que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes consultar la publicación original.

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