Con iniciativa ciudadana se busca reformar y derogar diversos preceptos constitucionales con el propósito de establecer un único periodo de sesiones ordinarias del Pleno del Congreso de Chihuahua, durante 10 meses al año; con la consecuente derogación de la institución legislativa de la Diputación Permanente
Por Gerardo Cortinas Murra
Esta mañana presentaré en el Congreso el Estado una INICIATIVA CIUDADANA para reformar y derogar diversos preceptos constitucionales con el propósito de establecer un único periodo de sesiones ordinarias del Pleno, durante 10 meses al año; con la consecuente derogación de la institución legislativa de la Diputación Permanente.
Previo a la explicación del contenido de esta propuesta ciudadana de reforma constitucional, debe tenerse presente lo siguiente: El Art. 4º de la Constitución Local plasma el derecho humano a la participación ciudadana, “entendida como la capacidad de las personas para intervenir en las decisiones de la administración pública, deliberar, discutir y cooperar con las autoridades, así como para incidir en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas y actos de gobierno, a través de los instrumentos que prevé la legislación aplicable”.
A su vez, la ley reglamentaria (Ley de Participación Ciudadana) establece que la iniciativa ciudadana “es el instrumento mediante el cual la ciudadanía ejerce el derecho de proponer la expedición, reforma, derogación o abrogación de leyes estatales ante el Poder Legislativo, así como la reforma de la Constitución Política del Estado”.
Para que una iniciativa ciudadana sea analizada por el Congreso, se requiere que “la solicitud sea apoyada por un número equivalente al menos al cero punto uno por ciento (0.1%) de las personas inscritas en la Lista Nominal que corresponda”. El apoyo mínimo ciudadano representa la cantidad de 3,200 ciudadanos.
Los tópicos de la INICIATIVA CIUDADANA, son:
A) LA DEROGACIÓN DE LA INSTITUCIÓN LEGISLATIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO;
B) ESTABLECER UN ÚNICO PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL CONGRESO, DE DIEZ MESES DE DURACIÓN;
C) ESTABLECER UN NUEVO QUÓRUM LEGISLATIVO PARA LAS SESIONES DEL PLENO;
D) ESTABLECER LA OBLIGACIÓN DE LOS DIPUTADOS PARA ASISTIR, SIN EXCEPCIÓN ALGUNA, DE MANERA PRESENCIAL TANTO A LAS SESIONES DEL PLENO COMO A LAS COMISIONES LEGISLATIVAS; Y
E) ESTABLECER LA PROHIBICIÓN DE LOS DIPUTADOS, PARA OCUPAR CARGOS PARTIDISTAS, DURANTE EL EJERCICIO DE SU CARGO.
En el Capítulo de la Exposición de Motivos de esta iniciativa ciudadana, se precisan las siguientes consideraciones jurídico-políticas:
Al inicio del siglo XXI, la DIPUTACIÓN PERMANENTE, como órgano auxiliar del Congreso Local, es una institución legislativa ANACRÓNICA y OBSOLETA, dada cuenta que la dinámica de la vida contemporánea exige una CONSTANTE Y PERMANENTE actividad legislativa que garantice que el derecho positivo estatal sea acorde a las exigencias de la sociedad chihuahuense.
Por otra parte, esta inactividad legislativa no tiene justificación política alguna; ya que, en comparación con los Poderes Ejecutivo y Judicial, éstos dos poderes estatales funcionan permanentemente; con excepción obvia, de los períodos vacacionales, días inhábiles y festivos que establece la ley de la materia.
La finalidad de la presente INICIATIVA CIUDADANA es establecer un período único de sesiones ordinarias de 10 meses; propósito que, no solo es racional, sino además refleja un añejo reclamo de la sociedad chihuahuense, dada cuenta que el ejercicio de la función legislativa debe regirse por los principios básicos de la función pública.
A simple vista, se puede apreciar que los períodos ordinarios de sesiones del Congreso, no rebasan los siete meses de actividad legislativa; lo cual, conlleva una OCIOSIDAD legislativa de cinco meses que, de hecho, constituye una PARÁLISIS legislativa, sin justificación jurídico-política alguna.
Un reclamo generalizado de la sociedad chihuahuense durante los años postpandemia, ha sido que los diputados locales acudan, presencialmente, a todas las sesiones plenarias y de las comisiones legislativas de las que son parte.
Resulta no solo grosero, sino un insulto a la sociedad chihuahuense, que los diputados de la actual Legislatura pasen lista de asistencia de manera virtual; es decir, sin estar presentes en el edificio que alberga el Congreso del Estado.
Motivo más que suficiente para establecer en el artículo 50, la obligación de los diputados de comparecer presencialmente a las sesiones legislativas. Y, en consecuencia, se derogue el Decreto que autorizó las comparecencias virtuales.
En cuanto a la propuesta de prohibir que los diputados en ejercicio de su cargo, ocupen cargos partidistas; la justificación de esta prohibición, es evidente; dada cuenta que resulta incompatible -política y moralmente- que un representante político de la sociedad ocupe, a la vez, un cargo dentro de la estructura directiva de su partido político.
Lo anterior es así, toda vez que resulta incongruente que una misma persona pretenda ser -simultáneamente- representante político de la sociedad (con un cargo de elección popular) y dirigente partidista. Esta prohibición abarcaría la totalidad de los cargos de las dirigencias nacionales, estatales y municipales registradas ante los órganos electorales.
Una vez que el IEE autorice el uso de la aplicación móvil para la recolección del apoyo ciudadano, iniciaremos el obligado recorrido a las principales ciudades del Estado, para obtener, cuando menos, 5 mil firmas de apoyo.
Lo anterior, ya que, de manera arbitraria, la Ley de Participación Ciudadana establece reglas para los instrumentos de participación política, como si se tratara de un proceso electoral, al fijar un plazo máximo de 90 días naturales para la obtención del apoyo ciudadano.





