En El País

La criminalización del aborto cubre a México




octubre 3, 2019

La despenalización del aborto en Oaxaca significa un avance contra la criminalización de las mujeres, sin embargo, la persecución a quienes buscan abortar cubre todo el territorio mexicano

Texto: Vania Pigeonutt
Foto: Archivo / María Ruiz
Pie de Página

CIUDAD DE MÉXICO.- Aunque hace una semana Oaxaca se convirtió en el segundo estado del país en despenalizar el aborto en su Código Penal, después de la Ciudad de México, en la gran mayoría de las legislaciones del interior del país, la interrupción del embarazo se sigue penando.

Los estados de Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Nuevo León criminalizan casi al 100 por ciento abortar.

En sus Códigos Penales, sólo se consideran las causales de violación riesgo para la vida de la mujer y por malformaciones congénitas.

En México hay ocho causales por las que las mujeres pueden abortar sin ser penalizadas.

Sólo la primera, cuando el embarazo fue por violación, se permite en los 32 estados del país. Después las causales van disminuyendo de acuerdo al estado. Cuando la continuación del embarazo afecta la salud de la mujer, por ejemplo se permite sólo en 25. Pero sigue prohibido aunque ponga en riesgo a la mujer en Campeche, Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, y Querétaro

De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) “la criminalización del aborto es la materialización de la idea de que la maternidad es la función obligatoria de las mujeres; idea que continúa permeando no sólo la cultura, sino todas las instituciones del Estado y que representa una violación a los derechos humanos”.

Si el producto presenta alguna malformación congénita grave sólo en la mitad de los estados se permite abortar.

Los estados que lo prohíben en esas circunstancias son Aguascalientes, Baja California, Campeche, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, y Zacatecas.

Si el embarazo es producto de una inseminación artificial en contra de la voluntad de la mujer se prohíbe en Aguascalientes, Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas, sólo se admite en 12.

Si el aborto fue provocado de manera imprudencial, por accidente, sólo en Nuevo León y en Chiapas se criminaliza. La penúltima causal, que es cuando la economía precaria de la mujer se agrava al continuar el embarazo, sólo se admite en los estados de Michoacán y Yucatán.

El aborto por libre decisión, la última causal, sólo es legal en la Ciudad de México desde 2007. En Oaxaca, hasta que los 42 diputados voten los cambios a la Constitución, la determinación será parcial. El miércoles pasado se determinaron cambios en el Código Penal, uno de los más importantes es que la vida de la madre está por encima de la del producto.

GIRE lamenta que a pesar de que existe la Ley General de Víctimas y la nom -046 (Violencia familiar, sexual y contra las mujeres; criterios para la prevención y atención), que determina que se debe garantizar el acceso a este servicio para toda mujer, sin más requisitos que una declaración bajo protesta de decir verdad de que el embarazo fue producto de una violación.

“En la práctica las autoridades obstaculizan o niegan el acceso a este servicio, solicitando requisitos adicionales, como una denuncia previa o una autorización por parte del ministerio público”.

La organización alerta que siguen ocurriendo casos graves. Documentó este 2019 el caso de Margarita, una chica que estaba embarazada en 2013, enfrentaba complicaciones que ponían en riesgo su salud física y emocional, pues podía desarrollar diabetes y preeclampsia, y también presentar una obstrucción del intestino delgado por una hernia interna.

Solicitó el 30 de noviembre de 2015 un amparo que fue desechado el año siguiente; fue hasta mayo de 2015 que la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que se violaron los derechos humanos de Margarita y que el acceso a la interrupción del embarazo por riesgo a la salud forma parte del derecho a la salud.

Aborto: la cuarta causa de mortalidad materna

En estados como Chiapas, Veracruz y Guerrero, cuyos índices de mortalidad materna son los más altos del país, sus leyes siguen siendo regresivas. Las organizaciones locales y nacionales que dan seguimiento al tema concuerdan que, entre menos se proteja el derecho a abortar, más índices de muertes maternas por aborto hay.

De acuerdo con las estadísticas disponibles hasta 2017 del Observatorio de Mortalidad Materna, en México el aborto inseguro es la cuarta causa de muerte materna.

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