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Feminicidios de Estado: faltan más sentencias




febrero 28, 2020

Abogadas profundizan en los asesinatos de mujeres perpetrados por agentes del Estado. ¿Qué pasa cuando agente del Estado comete esta violación? ¿Se deberían manejar aparte estos feminicidios, valdría la pena una agravante?

Texto: Vania Pigeonutt
Pie de Página

Los feminicidios de Estado deben ser investigados y castigados. Son una herramienta para infundir terror, en varios casos y atraviesan a mujeres de escasos recursos económicos, originarias de comunidades indígenas o zonas rurales. Así coinciden especialistas. La mayoría de estos crímenes, destacan, sigue en la impunidad.

Como el caso de Ernestina Ascencio, una mujer nahua violada presuntamente por militares, lo que le provocó la muerte hace 13 años en la sierra de Zongolica, Veracruz.

De acuerdo con penalistas, las instituciones cometieron varios errores y omisiones en la conformación de la averiguación previa, y la investigación del caso. El médico legista Juan Pablo Mendizábal reveló el acuerdo entre gobiernos estatal y federal para hacer pasar la muerte de Ernestina como natural.

¿Qué pasa cuando agente del Estado comete esta violación? ¿Se deberían manejar aparte estos feminicidios, valdría la pena una agravante?

Sayuiri Herrera, representante de la familia de Lesvy Berlín Rivera Osorio, dice que la casuística ofrece múltiples hipótesis de lo que pudo ser. Se podría regular cuándo hay conductas repetidas. Pone el ejemplo de Valentina Rosendo Cantú, mujer me´phaa, violada por militares en 2002, casi al mismo tiempo que Inés Fernández, otra mujer, como ella, indígena.

Este caso también llegó a la CIDH y obligó a México a admitir la responsabilidad de sus militares en los hechos.

“Son acciones perpetradas por agentes del Estado. Ya habría un motivo suficiente para que se pudiera prever esto y que en la misma ley se prevenga”.

Las investigaciones, problema mayor

Podría ser un agravante, dice, como ocurre con el caso de la tortura. Pero advierte que el problema principal está en cómo se hacen las investigaciones.

“El problema está en la investigación de los casos, en quién investiga, cómo investiga, en los recursos de la investigación que no hay personal suficiente capacitado, profesional para hacerla”.

Sayuri Herrera destaca la importancia de consultar a las familias, porque no sólo se busca abatir la impunidad sino visibilizar lo que está ocurriendo.

“Son numerosos casos de origen indígena, merece especial protección, sería pertinente visibilizar eso y los derechos que tienen los indígenas desde la perspectiva interseccional se vea reflejada en el tipo penal”.

Lo más adecuado, señala, es que se investigue y se sancione. “De pronto escuchamos declaraciones como la del fiscal general (Alejandro Gertz) que dice que es imposible la acreditación (de feminicidio) y que cada vez se hace más complejo el tipo y el problema está en que no investigan la verdadera diligencia en el feminicidio y la desaparición forzada”.

Sostiene que en el caso del feminicidio, por ejemplo, se hace toma de muestra de distintas cavidades del cuerpo de la víctima, algo que no se hace en un homicidio, porque no hay presunción de que hubo violencia sexual. “Es un caso de evidencias reforzada en la investigación de feminicidios que no se está haciendo y que serían razones de género de carácter más general y con que se acredite una, ya está acreditada de tipo penal”.

Sin no repetición, las disculpas no valen

Aracely Osorio, mamá de Lesvy, dice que no hay disculpas públicas que valgan si no se garantiza la no repetición de los casos. Puntualiza que el Estado es desde la UNAM hasta la Fiscalía que no investiga. Hay una responsabilidad con las familias de las víctimas, pero con todas las mujeres también, al tener estos crímenes al casi 100 por ciento de impunidad.

“Cuando se habla de la reparación integral para la familia, porque esas medidas se considera que no corresponden o abonan para la no repetición si no tienen vocación transformadora, en lo particular yo considero que no es una disculpa pública como tal. Más bien es un reconocimiento de responsabilidad y con base a ello se va a dar una disculpa pública. La autoridad va a ofrecer una disculpa porque está ofreciendo esta responsabilidad por acción o por omisión cuando esas medidas que se toman para la familias no son suficientes”, opina.

“La jurisdicción militar está limitada”

Bárbara Illyan, ex subprocuradora de Atención a Víctimas y Servicios de la Procuraduría del DF, encontró las violaciones graves a derechos humanos incurridas por funcionarios.

“Hay de entrada, más preguntas que respuestas y muchos misterios. El primer tema es que hay una contradicción de quién la encuentra. José Vázquez, vecino, no se especifica si la encuentra tirada o amarrada, lo que tendrá repercusiones. Hubo un desaseo investigación previa a aspectos de complicidades y elementos muy extraños”, puntualiza en un foro en el Instituto de Investigaciones Jurídicas.

La litigante detalla cómo un caso en que Felipe Calderón declaró que Ernestina murió por una complicación gástrica tuvo el interés inmediato de la Sedena.

“El hospital manda un resumen clínico, no se sabe qué dice ese resumen. Se practica una necropsia por el perito que ha señalado algunos elementos –Juan Pablo Mendizábal Pérez–, circunstancias debidas. El Ministerio Público pide a la zona militar la fatiga de elementos, el Estado de fuerza, la lista de asistencia de quiénes están presentes”.

La abogada señala que desde ese momento interviene la CNDH y piden ver lo que entonces se llamaba averiguación previa. Envían a cuatro visitadores y aseguran que se enteraron del caso por los medios de comunicación.

“En aquel momento como ahora, la jurisdicción militar está limitada. No es como la Fiscalía que atrae los casos. Podría, pero tiene que ser de una manera ordenada y legal… Lo que me genera complicación es que la justicia militar pide a Veracruz copia de la averiguación previa para verificar. La Procuraduría dice que hay posibilidad de delito de investigación sin señalar quién. No se establece ni siquiera que hay un indicio”.

El 5 de marzo de 2007, cuando la CNDH solicita la exhumación de Ernestina, es la misma Procuraduría local la que realiza nuevamente la necropsia. Pero la realizan peritos militares. La CNDH debió marcar la ilegalidad y no lo hizo. “Ese es un tema clarísimo de una intervención jurídica de los peritos militares. Ella no era militar, nunca se atrajo el caso, la necropsia se registró en la averiguación previa de marzo; cómo se va a registrar en una civil en los actos de los militares”.

Entre las omisiones e ilegalidades cometidas, una de las más graves también aterrizan a la CNDH.

Las conclusiones a las que llegan los expertos en derecho son varias. La principal: son 13 años de impunidad sin una ruta clara para la garantía de defensa de los derechos humanos. Más de 13 años que no han sido consideradas las formas de justicia de los pueblos originarios

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