Mujeres

La Corte perfila la despenalización del aborto, busca invalidar prohibición en Coahuila




septiembre 6, 2021

La Corte se perfila a declarar inconstitucional la criminalización del aborto en Coahuila, con al menos ocho votos a favor. Esta resolución tendrá un impacto de orden nacional ya que, una vez que termine la votación este martes, el criterio será obligatorio para todos los jueces que tengan en sus manos casos que intentan llevar a la cárcel a una mujer que aborte

Texto: Marcos Vizcarra / Revista Espejo

Ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se manifestaron en declarar inconstitucional la criminalización del aborto, lo cual se perfila como una decisión definitiva, ya que aunque la discusión continúe este martes, esos votos son suficientes para declarar inconstitucional el artículo 196 del código penal de Coahuila.

La decisión de la Corte criticó las medidas impuestas en el Código Penal de Coahuila en 2017, que imponían prisión a las mujeres y personas gestantes por decidir abortar de manera voluntaria y decidir por su cuerpo.

La Suprema Corte analizó y discutió la inconstitucionalidad de normas contenidas en el Decreto 990 por el que se expidió el Código Penal de Coahuila de Zaragoza, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 27 de octubre de 2017.

Las normas impugnadas establecen que “comete el delito de aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo” (artículo 195, Aborto para efectos penales); y que “se impondrá de uno a tres años de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de aquella” (Artículo 196, Aborto autoprocurado o consentido).

La Corte decidió que las imposiciones son inconstitucionales, pues priva a las mujeres y personas gestantes a decidir sobre sus cuerpos y acceder a los servicios públicos de salud.

El proyecto que se votó estuvo a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales, el cual es la continuación de 20 años de resoluciones que abordan al aborto en México y la primera discusión en torno al uso del derecho penal para sancionar la interrupción del embarazo, informó en un comunicado GIRE.

Cada una de las ministras y ministros señalaron que “el derecho a decidir funge como instrumento para ejercer el libre desarrollo de la personalidad, la autonomía personal y el derecho a la vida privada, de manera que le permite a la mujer, en relación con la posibilidad de ser madre, elegir quién quiere ser, pues no puede perderse de vista que, desde esta apreciación, se reconoce que en la maternidad subyace la noción de voluntad, de deseo de que la vida personal atraviese por tal faceta“.

Esta resolución tiene un impacto de orden nacional, pues se suma al debate sobre los códigos penales de los estados que criminalizan el aborto. Entre esas entidades está Sinaloa.

“En sus intervenciones, la totalidad de las y los ministros reafirmaron el derecho que tienen las mujeres y personas con capacidad de gestar a tomar decisiones sobre su vida reproductiva. Desde GIRE reconocemos los avances en la protección a los derechos humanos y celebramos esta discusión y las resoluciones del máximo tribunal del país sobre este tema. Confiamos en que las y los ministros continuarán ampliando el reconocimiento de los derechos de quienes deciden interrumpir su embarazo”. 

¿Qué dice la iglesia católica?

Este domingo, la Iglesia Católica hizo un llamado a los ministros de la Suprema Corte para que llevaran a cabo un “análisis de calidad” en los proyectos en materia de aborto que se empezaron a discutir, correspondientes a Coahuila y Sinaloa.

En su editorial del semanario “Desde la fe”, la Arquidiócesis de México pidió a la Corte actuar “sin generar un retroceso mayúsculo por buscar dar gusto a las presiones de una ideología de moda. Esas ideologías ya existieron anteriormente e hicieron mucho daño a la humanidad, eliminando a diferentes ‘tipos de seres humanos’”.

La Arquidiócesis añadió que la Corte “debe garantizar la libre configuración” de los Estados de la República; “la única limitante existente es cuando una ley local va contra algún precepto constitucional o cuando sea violatoria de algún derecho humano”, y, en estos dos casos “los proyectos no pueden demostrar que se esté violando alguno de estos dos preceptos”.

***

Este trabajo fue realizado por REVISTA ESPEJO, que forma parte de la Alianza de Medios de la Red de Periodistas de a Pie. Aquí puedes consultar el original.

lo más leído

To Top
Translate »