Opinión

Licencias parlamentarias




marzo 24, 2022

El abandono temporal de un cargo de elección popular es un acto de corrupción política al cobijo de una total impunidad; pero sobre todo, una cínica y descarada burla para el electorado chihuahuense

Gerardo Cortinas Murra

En días pasados, el Pleno del Congreso aprobó la solicitud de licencia temporal a cinco diputados del grupo parlamentario de Morena (Rosana Díaz, Adriana Terrazas, María Antonieta Pérez, Benjamín Carrera y Óscar Castrejón); misma que tendrá efectos a partir del 22 hasta al 30 de marzo.

El líder del rebaño legislativo del PAN, Mario Vázquez, consideró que se trata de un abandono de la responsabilidad legislativa: “Abandonan su responsabilidad, y ellos tendrán que rendir cuentas a los electores porque a mi juicio el ejercicio (revocación de mandato de AMLO) ni siquiera tiene razón de ser, es un ejercicio ocioso, en donde se gastan de 4 a 5 mil millones de pesos, más el desgaste y la publicidad furtiva en las ciudades del país”.

En respuesta, el diputado moreno Benjamín Carrera –a nombre de sus compañeros de bancada– aseguró que no abandonan sus responsabilidades, ya que “se trata de cumplir con la promoción del ‘Proceso de Revocación’; que constituye un ejercicio de participación ciudadana que busca sentar un precedente”.

Y agregó: “queremos dar un mensaje a la ciudadanía que vemos con mucha seriedad este ejercicio de revocación de mandato; un mecanismo de revocación de mandato que está en la Constitución no es una ocurrencia, ni ociosa, un proceso de participación ciudadana nunca será ocioso”.

Por su parte, el líder estatal de Morena, Martín Chaparro, precisó que los cinco Diputados locales que solicitaron licencia por 10 días “seguirán cobrando su sueldo y no se les remunerará a los legisladores suplentes por su trabajo… que asumirán sus funciones durante solo una semana, no recibirán remuneración alguna y ya fueron debidamente capacitados para ejercer su función’’.

Lo anterior, toda vez que el motivo de la licencia temporal “es para efectuar labores partidistas en el proceso de revocación de mandato, para que no se caiga en irregularidades ante los ojos del INE”.

Para algunos analistas políticos, la licencia temporal solicitada por los diputados morenos tiene como propósito “meterle refuerzo en estos últimos días a la promoción del voto en favor de AMLO”. Sin importar que el comportamiento político de los personeros de la 4T conlleve el “abandono de su responsabilidad legislativa para irse a la bola guinda y juntarle presencia en las urnas a AMLO en el proceso de revocación de mandato”.

Ahora bien, debe tenerse presente que la ‘licencia parlamentaria’ es el permiso o autorización que se le otorga a un legislador para separarse temporalmente de su cargo sin que esto implique una renuncia. La solicitud de licencia debe presentarse por escrito y requiere ser aprobada por el Pleno de la cámara respectiva con el voto de la mayoría simple de los legisladores presentes.

En el ámbito federal, tenemos el caso de la solicitud de licencia indefinida presentada por el entonces diputado federal, Víctor Valencia de los Santos, “para separarse del cargo de diputado federal… Licencia indefinida que surtirá efectos a partir del 22 de marzo del 2007”.

En el ámbito local, el ejemplo más ilustrativo de solicitud de licencia para ocupar otro cargo público, es el de Jorge Quintana Silveyra; a quien, durante el período  2013-2016, el Congreso le concedió 6 licencias consecutivas de seis meses cada una, para ocupar –de manera ininterrumpida– el cargo de secretario municipal durante el trienio del nefasto Enrique Serrano.

Ambas licencias fueron solicitadas sin justificación jurídico-política alguna. Y a pesar de ello, fueron aprobadas de conformidad. Sin embargo, dichas licencias deberían ser consideradas como un descarado abandono del cargo de diputado.

El marco constitucional y reglamentario vigente en el Estado de Chihuahua, que fundamenta las peticiones de solicitud temporal de los diputados locales, es el siguiente:

Constitución Local:

ARTICULO 64. Son facultades del Congreso:
……………
XIX. Conceder licencia temporal para separarse del ejercicio de sus funciones al gobernador, a los diputados, a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, y al Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, cuando la de estos últimos sea por más de veinte días; así como a las personas comisionadas del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública;
…………

ARTICULO 195. Ninguna licencia podrá ser por tiempo indefinido ni mayor de seis meses, salvo el caso de enfermedad debidamente justificada.

Ley Orgánica del Poder Legislativo

ARTÍCULO 42. Las diputadas y los diputados, quedarán suspendidos del ejercicio del cargo en los siguientes casos:
I. Por licencia concedida en los términos fijados por esta Ley.
II. Por resolución del Pleno, debidamente fundamentada y motivada.

Así las cosas, es notoria la laguna jurídica contenida en la Ley Orgánica del Poder legislativo (LOPL) relativa a las causales para solicitar una licencia temporal; motivo por el cual, resulta urgente incorporar en la Constitución del Estado la prohibición de licencias sin justificación alguna.

Ya que de esta manera, la licencia temporal del ejercicio de cargos públicos de elección popular (diputaciones, presidencias municipales, regidurías y sindicaturas) procedería solo cuando se acrediten motivos de causas graves o justificadas.

Proscribiendo así, la insana práctica de conceder licencias por motivos fútiles e, inclusive, constitutivos de responsabilidad administrativa y penal.

De no ser así, el abandono temporal de un cargo de elección popular, seguirá siendo un acto de corrupción política al cobijo de una total impunidad; pero sobre todo, una cínica y descarada burla para el electorado chihuahuense.

Por todo lo anterior, por este conducto, exhorto a los diputados de la actual Legislatura para que incrusten en la LOPL las causales de procedencia de solicitud de licencia temporal, en los términos establecidos en el Reglamento de la Cámara de Diputados; y que a continuación se transcriben:

ARTÍCULO 12.

  1. Los diputados y diputadas tendrán derecho a solicitar licencia, en el ejercicio del cargo por las siguientes causas:
    I. Enfermedad que incapacite para el desempeño de la función;
    II. Optar por el desempeño de una comisión o empleo de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, por el que se disfrute de sueldo;
    III. Postularse a otro cargo de elección popular, cuando tal licencia sea una condición establecida en las normas internas del partido político o en las disposiciones electorales correspondientes;
    IV. Para desahogar trámites o comparecencias ante la autoridad competente, por procesos judiciales o jurisdiccionales, y
    V. Para ocupar un cargo dentro de su partido político.
  2. Las diputadas tendrán derecho a solicitar licencia en el ejercicio del cargo por estado de gravidez, por el mismo periodo previsto en la Ley de la materia, para la incapacidad pre y post natal, sin perjuicio de su condición laboral.

A mi parecer, la licencia solicitada por los cinco diputados morenos violenta los principios de probidad y lealtad legislativa, toda vez que la promoción de los instrumentos de participación ciudadana corresponde, única y exclusivamente, a los ciudadanos.

Asimismo, dicha actividad no está incluida en las facultades expresas de los legisladores locales, establecidas en la LOPL; ya que la promoción –por parte de servidores públicos– de la revocación de mandato no es, en forma alguna, una actividad que represente los intereses de la ciudadanía, ni tampoco la atención de necesidades colectivas de la población chihuahuense.

Por último, destacar el contenido del Art. 42 de la LOPL, en el sentido de que las licencias temporales conlleva la consecuencia jurídico-política de que los diputados con licencia quedan “suspendidos del ejercicio del cargo” y, por ende, pierden todos los derechos inherentes al cargo; como lo es, por ejemplo, el derecho a percibir sus dietas y demás prestaciones sociales durante el tiempo que dure la separación del cargo.

El día de mañana, presentaré una solicitud al Secretario de Administración del Congreso, C.P. Ignacio Rodríguez, para que retenga la dieta correspondiente a los cinco diputados con licencia, y se las entregue –directamente– a sus respectivos suplentes.

Faltaba más…

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