La Primera Sala determinó que los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración vulneran los derechos a la igualdad y no discriminación por razones de origen étnico o racial
Por Redacción de Animal Político
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las revisiones en carretera por parte de agentes del Instituto Nacional de Migración son inconstitucionales.
Esto, luego de que el Instituto para las Mujeres en la Migración denunció esta práctica como discriminatoria y racista, por lo que tramitó un amparo para proteger los derechos de cuatro indígenas de la comunicad maya tzeltal y que fueron detenidos por, según los agentes de Migración, parecer de origen guatemalteco.
De acuerdo con el proyecto, los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración vulneran los derechos a la igualdad y no discriminación por razones de origen étnico o racial, pues tienen un mensaje estigmatizante.
El documento establece que este tipo de acciones generan la posibilidad de que las autoridades migratorias interrumpan sin causa justificada el tránsito de las personas y las remitan a un centro de detención, con base en una idea preconcebida sobre quién es una persona mexicana, provocando impactos diferenciados en las personas indígenas.
Aunque los quejosos también se ampararon contra los artículos 16, fracción II, 17, 20, fracción VII, 97, 99, 100 y 121 de la Ley de Migración, los ministros determinaron que éstos no son violatorios del derecho al libre tránsito y no caen en el supuesto de discriminación.
El caso
En 2015, cuatro trabajadores agrícolas de la comunidad maya Tzeltal fueron detenidos en la carretera. Los jóvenes se dirigían a Sonora para trabajar en la recolección de calabaza, sandía y melón.
Fue en la caseta de San Juan del Río, Querétaro, cuando agentes migratorios detuvieron el autobús en el que viajaban los trabajadores y solicitaron documentación a 10 personas incluidos los indígenas.
Todos enseñaron su credencial de elector; sin embargo, los agentes migratorios aseguraron que los documentos eran falsos y que los jornaleros provenían de Guatemala.
Los jornaleros fueron llevados a una estación migratoria para darles asilo temporal y les dieron un plazo de cuatro días para demostrar que eran mexicanos.
Los jóvenes pudieron acreditar su nacionalidad, sin embargo decidieron realizar acciones legales en contra de las autoridades mexicanas e impugnaron la Ley de Migración con ayuda de organizaciones civiles que tomaron el caso.
En 2019, las autoridades ofrecieron una disculpa pública y reconocieron que la detención se hizo bajo perfilamientos raciales y sin ninguna razón.
****
Este contenido es publicado por La Verdad con autorización de Animal Político. Ver original aquí.