Opinión

El fracaso del Sistema Anticorrupción en Chihuahua




enero 31, 2023

¿Las denuncias ciudadanas presentadas ante la Fiscalía Anticorrupción, prescribirán, por negligencia ministerial, al igual que las denuncias presentadas por delitos comunes?

Por Gerardo Cortinas Murra

La semana pasada, el Presidente López Obrador resaltó el fracaso del Sistema Anticorrupción en México, al afirmar que “no funciona, es simulación y es gasto innecesario… No me quiero reír a carcajadas”.

Asimismo, fue enfático al reiterar su postura: “Yo no voy a promover eso, nunca estuve de acuerdo con eso, no creo que eso ayude, existe la Secretaría de la Función Pública que era la antigua Contraloría, existe la Auditoría Superior de la Federación del Legislativo, existe el Poder Judicial; entonces, hay instituciones suficientes…”

Para López obrador, el Sistema Anticorrupción “representa una duplicidad de funciones, porque se trata de seguir agrandando el aparato burocrático, que el presupuesto en vez de llegarle a la gente se quede en el Gobierno como era antes, el Gobierno estaba ensimismado, la mayor parte del presupuesto era para mantener el Gobierno, era un Gobierno mantenido, corrupto y bueno para nada”.

En cuanto al Sistema de Transparencia, López Obrador reitero la desconfianza que le tiene; al extremo de afirmar que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) que se creó para hacer pública toda la información relacionada con el gobierno y para que no hubiese corrupción, “¿Sirvió para eso? No, no ha servido y nos cuesta mil millones de pesos al año”.

Por su parte, en días pasados, el flamante Fiscal Anticorrupción en Chihuahua, Abelardo Valenzuela, declaró a los medios de información “que la dependencia a su cargo no caerá en el desaseo jurídico por un interés mediático, lo anterior dijo como ha ocurrido en los años recientes… el desaseo jurídico es insoportable para el fortalecimiento de las instituciones en Chihuahua, nosotros si vamos a combatir la corrupción, pero de manera seria legal y profesional”.

Adicionalmente, Abelardo Valenzuela declaró que “la Fiscalía se abrirá a todos los ciudadanos, anteriormente no se podía interponer denuncias ya que no se tenía una Oficialía de Partes; y que ahora, los ciudadanos podrán hacerlo, incluso de forma anónima… como funciona cualquier Fiscalía”.

Por nuestra parte, desde la creación del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), avizoramos su rotundo fracaso, en los términos siguientes:

Al igual que el nuevo sistema de justicia penal (NSJP), el sistema anticorrupción (SEA) implementado a nivel nacional y local, son sistemas jurídicos provenientes de países anglosajones; Y por lo tanto, injertos legislativos ajenos por completo a la idiosincrasia nacional.
La reforma a la Constitución Local del 2020 implementó el SEA, dando paso a la creación de la Fiscalía Anticorrupción; y que a pesar de su autonomía, desde su inicio quedo sujeta a los caprichos del exgobernador Javier ‘El Inútil’ Corral.
Al día de hoy, tanto el NSJP como el SEA, se han convertido en un enorme aparato burocrático integrado por servidores públicos ineptos y corruptos… y en lo que respecta a los jueces penales, está plenamente acreditado que los jueces de control que atendieron los ‘Expedientes X’ violaron, de manera reiterada, las formalidades esenciales del procedimiento penal en perjuicio de los imputados. Al extremo, de que en la praxis forense, a estos jueces se les ha indilgado -con justa razón- el calificativo de ‘Jueces de Consigna’.
A su vez, la Fiscalía Anticorrupción utilizó una serie de prácticas infamantes para intentar forzar la declaración de los presuntos responsables, así como la de un sinnúmero de testigos; todo ello, con el propósito de acreditar -falsamente- la responsabilidad penal de los imputados.
Por otra parte, resulta interesante destacar la duplicidad que existe en materia de delitos de corrupción y faltas graves, que establecen los códigos penales y la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA).
El Código Penal tipifica como delitos los siguientes hechos de corrupción: a) ejercicio ilegal del servicio público; b) abuso de autoridad; c) uso ilegal de atribuciones y facultades; d) tráfico de influencias; e) cohecho; f) peculado; y h) enriquecimiento ilícito.
A su vez, la LGRA considera como faltas graves de los servidores públicos, entre otras, las siguientes conductas: a) cohecho; b) peculado; c) desvió de recursos públicos; d) abuso de funciones; e) tráfico de influencias; f) desacato; y la obstrucción de justicia.
El listado anterior de delitos y faltas graves, acredita la duplicidad de funciones.
Por otra parte, debe reconocerse que en México no existen políticas públicas destinadas a optimizar las prácticas institucionales para prevenir la corrupción oficial y, con ello, “consolidar un sistema creíble de consecuencias para disuadir los actos de corrupción que causan tanto daño a la sociedad”.
A mi parecer, el prematuro fracaso del SEA es consecuencia lógica de la nula participación de la sociedad civil como promotor esencial en la presentación de denuncias en contra de funcionarios corruptos.
Por desgracia, esta ‘apatía’ ciudadana para denunciar actos de corrupción es fruto de tantas omisiones legislativas y de decenas de sentencias emitidas por los tribunales federales, que anulan el derecho humano a la denuncia popular. ¡Lástima Margarito…!

En efecto, el fracaso del SEA es evidente. La declaración del flamante Fiscal Anticorrupción lo acredita a plenitud: La Fiscalía Anticorrupción en Chihuahua “estaba cerrada… Nuestro compromiso es abrir la Fiscalía a la comunidad y que la Fiscalía genere la suficiente confianza para que presente su denuncia de forma personal e incluso, anónima”.

A mi parecer, el anuncio de Abelardo Valenzuela respecto a la supuesta ‘apertura ciudadana’ de la Fiscalía Anticorrupción es un sueño guajiro y una mentira piadosa; lo anterior, toda vez que la ‘apatía de la comunidad’ es la consecuencia lógica de las siguientes consideraciones fácticas:

1. La existencia de una legislación obsoleta y colmada de lagunas jurídicas que garantizan la impunidad de los actos de corrupción oficial.

2. La opacidad de los entes públicos para proporcionar, de manera oportuna y completa, la información que la ciudadanía requiere para conocer, a ciencia cierta, los actos de corrupción oficial.

3. La ineptitud de los servidores públicos encargados de procurar e impartir justicia que convierten las denuncias ciudadanas en un humillante y cotidiano martirio.

Yo me pregunto:

¿Las denuncias ciudadanas presentadas ante la Fiscalía Anticorrupción, prescribirán, por negligencia ministerial, al igual que las denuncias presentadas por delitos comunes?

¿Quién me garantiza que las denuncias por corrupción judicial serán judicializadas oportunamente?

En los próximos días, presentaré una denuncia por actos de corrupción oficial; para constatar la supuesta eficacia de los nuevos servidores públicos de la Fiscalía Anticorrupción. Estaremos atentos…

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