El Centro de Derechos Humanos Paso del Norte elaboró una guía con indicaciones y recomendaciones sobre lo que se debe hacer ante la detención de una persona y ante quién se debe acudir en caso de tortura, conoce qué puede hacer
Por Redacción de La Verdad
La tortura en el estado de Chihuahua es un delito que ha dejado al menos 2 mil 665 víctimas y el municipio de Juárez lidera a nivel estatal en denuncias por este delito, así lo exhiben datos oficiales.
De acuerdo con datos proporcionados por el Centro de Derechos Humanos Paso del Chihuahua (CDHPN), Chihuahua es el segundo estado con la mayor cantidad de carpetas de investigación abiertas por el crimen de tortura, según cifras del Registro Nacional de Tortura. Con mil 392 carpetas en el periodo entre el 2018 y 3 marzo del 2023, el estado concentra el 10.7 por ciento de las investigaciones por este delito abiertas en el país. La Ciudad de México se ubica en primer lugar.
Peor aún, la mayoría de las víctimas señalan a empleados del estado, principalmente agentes de corporaciones policiacas, como los torturadores.
Ante este panorama, el CDHPN elaboró una guía con acciones y recomendaciones sobre lo que se debe hacer ante la detención de una personas y ante quién se debe acudir en caso de tortura.
El en documento, se indica que se debe solicitar un amparo ante los juzgados. Este es un trámite que cualquier persona puede tramitar, no es necesario ser familiar de la persona detenida y/o desaparecida por las autoridades.
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Además se menciona que si la víctima cree que se encuentra en una situación de riesgo, puede solicitar medidas de protección para ella y sus familiares.
Acá compartimos los pasos a seguir:
1. Si un familiar, amigo o conocido es detenido, es necesario exigir a las autoridades una orden de aprehensión, comparecencia o que expliquen las razones de la detención.
2. Es importante pedir información a la autoridad que realiza la detención sobre dónde se encontrará detenida la persona para después ir a buscarla.
3. Se debe tomar fotografía y/o video de la detención en donde se vea el número de unidad o placas del vehículo de las autoridades.
4. Si las autoridades ingresaron a una vivienda, es necesario fotografiar los daños al inmueble y denunciar los posibles delitos de robo o allanamiento.
5. Tras la detención es necesario ir a la institución donde se dijo que estaría la persona y pedir información de la misma. En caso de que la nieguen, se recomienda acudir a los Juzgados de Distrito a solicitar un amparo por desaparición forzada o incomunicación.
6. Se puede acudir a las comisiones Nacional o Estatal de Derechos Humano a presentar una queja por desaparición forzada o incomunicación. Tanto los Juzgados de Distrito como las Comisiones tienen la obligación de buscar a la persona en las instalaciones públicas en las que pudiera estar.
7. Una vez localizada la persona, se debe solicitar que se permita a algún familiar ingresar a comunicarse con ella, al igual que al representante legal que la familia pudiera haber designado.
8. Si la persona tuviera signos físicos de tortura, hay que solicitar a las comisiones de derechos humanos que se le entreviste y se asienten las lesiones en fotografías y certificados médicos. Esto también puede realizarlo un médico particular a través de un certificado médico.
9. Se debe presentar la denuncia penal por hechos de tortura y cualquier otro delito que se hubiera cometido, como abuso sexual, robo, allanamiento de vivienda, entre otros.
10. En caso de requerirlo, se puede solicitar a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas atención psicológica, médica o representación legal para la víctima y las personas que dependen de ella económicamente.
En la guía, que se puede consultar en el sitio digital de la organización, además se proporcionan instituciones a los que se puede acudir en caso de tortura y datos para contactar al CDHPN.
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