Opinión

La ‘otra’ reelección legislativa




agosto 18, 2023

¿Habrá alguien que les explique a los actuales diputados locales que esta tendencia de aprobar reformas constitucionales y legales a la fast-track, sin tomar en cuenta el parecer de la ciudadanía, solo genera más descontento social y un repudio generalizado de la sociedad chihuahuense?

Por Gerardo Cortinas Murra

En el dictamen legislativo aprobado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales (COMISIÓN), se plasman las siguientes consideraciones:

I.- El 14 de agosto de 2023, el Diputado José Alfredo Chávez Madrid, Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, presentó iniciativa con carácter de decreto, a fin de reformar los artículos 67, 68 y 73 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua (LEY).

II.- El 15 de agosto de 2023, la diputada Presidencia del Congreso, en uso de las facultades que le confiere el artículo 75, fracción XIII, de la LEY, tuvo a bien turnar a esta Comisión de Dictamen Legislativo la iniciativa de mérito, a efecto de proceder al estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

III.- La iniciativa se sustenta en los siguientes argumentos: La Mesa Directiva se compone de una pluralidad de tal forma que exista un equilibrio político entre las fuerzas que integren la legislatura y se privilegia la paridad de género y se integra por una presidencia, dos vicepresidencias, dos secretarías y cuatro prosecretarías y la duración de sus funciones es de un año. No obstante, el artículo 73 de la LEY establece que quien presida la Mesa Directiva, no podrá formar parte de la Mesa Directiva inmediata posterior, es decir, no se prevé un nuevo periodo para quien ocupe la presidencia, hecho que, para las demás integraciones de la Mesa Directiva, no existe tal restricción.
En este sentido, nos encontramos frente a una hipótesis de desigualdad de la presidencia frente a las demás posiciones de la Mesa Directiva, por lo que, la presente iniciativa propone que todos los diputados y diputadas que integran la Mesa Directiva tengan la posibilidad de ser reelectos.

Para justificar la propuesta de reforma presentada por el pastor del rebaño legislativo del PAN, los diputados integrantes de la COMISIÓN –como si anduvieran en campaña electoral– aventuran un ‘rollo’, por demás falso y tendencioso:

Así pues, es importante señalar que la conformación plural del Congreso, la composición de sus órganos, el sentido de la representación política de las minorías y el reconocimiento del peso político de las mayorías hacen imprescindible llegar a acuerdos políticos y alianzas mediante el diálogo, el debate y la tolerancia, buscando llegar a consensos en beneficio del trabajo legislativo y parlamentario.
Es necesario hacer un alto en el camino y avanzar, con sus diferencias, pero buscando los acuerdos que beneficien a nuestra Entidad, que fortalezcan al Poder Legislativo como un órgano integrante del Estado, en el que a pesar de la diversidad y posiciones ideológicas distintas de las diputadas y diputados que conformamos esta Legislatura, es posible trabajar en conjunto a favor de la ciudadanía chihuahuense.
En este sentido, la reforma a la Ley Orgánica, que rige los trabajos del Congreso, tiene como fin lograr una mayor operatividad legislativa y parlamentaria.

La redacción del Decreto legislativo que habrá de ser aprobado -a la fast track- el día de hoy, en lo relativo a la reelección de los integrantes de la Mesa Directiva, es la siguiente:

ARTÍCULO 67. La Mesa Directiva es el órgano encargado de dirigir los trabajos del Congreso; se integra con una presidencia, dos vicepresidencias, dos secretarías y cuatro prosecretarías. Sus integrantes durarán en sus funciones un año y podrán reelegirse.
… ARTÍCULO 68. La Presidencia de la Mesa Directiva se ejercerá entre las y los integrantes de los grupos parlamentarios, coaliciones, representaciones parlamentarias, diputaciones independientes y sin partido, considerando de manera prioritaria, a las diputadas y diputados representantes de los partidos políticos que por sí mismos constituyan la primera y segunda fuerza política. El orden para presidir este órgano será acordado por la Junta de Coordinación Política.

Ahora bien, a mi parecer, esta reforma a la LEY no solo es inconstitucional; sino además, absurda y ridícula.

ACREDITÉMOSLO:  

El artículo 61 de la Constitución Local establece, en lo conducente, lo siguiente:

ARTÍCULO 61. El Congreso del Estado tendrá una Mesa Directiva que será el órgano encargado de dirigir sus trabajos.
Se integrará por un presidente, dos vicepresidentes, dos secretarios y cuatro prosecretarios, quienes durarán en funciones un año. En su conformación se privilegiará la paridad de género y la composición plural del Congreso.
………………..
La Presidencia de la Mesa Directiva se ejercerá de manera alternada entre los integrantes de los grupos y coaliciones parlamentarios, considerando de manera prioritaria, a los diputados representantes de los partidos políticos que por sí mismos constituyan la primera y segunda fuerza política. El orden para presidir este órgano será acordado por la Junta de Coordinación Política.
Los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios no podrán presidir la Mesa Directiva.

Es notoriamente inconstitucional, porque el mandato fundamental no establece, de manera expresa, la reelección de los diputados que integran la Mesa Directiva. Además, este tipo de reelección pugna con la alternancia anual de los grupos parlamentarios más numerosos y el correspondiente derecho para designar al diputado que habrá de fungir como Presidente de la Mesa Directiva.  

Lo anterior, dada cuenta que la alternancia partidista constituye un logro político de los partidos minoritarios, para ocupar cargos legislativos relevantes.

En efecto, la reelección de los integrantes de la Mesa Directiva traería consigo que un diputado del partido mayoritario en el Congreso ocupe, durante los 3 años de la Legislatura, la Presidencia de Mesa Directiva; lo cual, afectaría de manera directa, la integración de la JUCOPO.  

Es inconstitucional, también porque se viola el proceso legislativo al agotarse en tan solo 5 días. Ya que con ello, se violenta el principio del Parlamento Abierto:  

  • Lunes 14.- Presentación de la Iniciativa.
  • Martes 15.- Turno a la COMISIÓN.
  • Miércoles 16.- Aprobación del Dictamen legislativo.
  • Jueves 17.- Convocatoria a una Sesión Extraordinaria.
  • Jueves 17.- Publicación de la Convocatoria en una edición extraordinaria del POE
  • Viernes 18.- Aprobación por el Pleno del Congreso.

En este caso, no se justifica, en forma alguna, la edición extraordinaria del POE, toda vez que se trata de una reforma legal sin trascendencia alguna para la sociedad chihuahuense; ya que es totalmente falso que esta reforma a la LEY, traiga consigo un beneficio, directo e inmediato, a favor de la ciudadanía chihuahuense.   Por otra parte, esta reforma a la LEY es absurda y ridícula, ya que se autoriza que la Presidencia de la Mesa Directiva pueda ser ocupada por los integrantes de:

a) los grupos parlamentarios,

b) las coaliciones;

c) las representaciones parlamentarias;

d) las diputaciones independientes y sin partido.  

Así las cosas, yo me pregunto: Si acaso se llegaran a conformar 5 grupos parlamentarios, ¿aprobarían que la duración de las Legislaturas se extienda hasta 5 años o más…?  

¿Habrá alguien que les explique a los actuales diputados locales que esta tendencia de aprobar reformas constitucionales y legales a la fast-track, sin tomar en cuenta el parecer de la ciudadanía, tan solo genera más descontento social y un repudio generalizado de la sociedad chihuahuense?

lo más leído

To Top
Translate »