En las propuestas de la presidenta y en la ruptura del silencio sobre el tema, estamos viendo un arranque interesante, pero hace falta analizar todos los detalles, despejar muchas dudas y solicitar procesos participativos, aprovechando estratégicamente la coyuntura o la urgencia, pero yendo más allá del “caso Teuchitlán”
Por Fabrizio Lorusso
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Me pareció una señal positiva y alentadora que la presidenta, después de meses de silencio al respecto, tratara en la mañanera del lunes 17 de marzo, el problema de las personas desaparecidas, de su búsqueda e identificación, y que lo definiera como una “prioridad nacional”. No hay, en mi opinión, una temática humana y políticamente más acuciante, persistente y urgente que esta.
La desaparición de personas es una violencia permanente y una violación múltiple a los derechos humanos. Atraviesa a la sociedad entera y no sólo a las víctimas directas y sus familiares, impacta profundamente en comunidades y, a menudo, es producto final de una larga serie de agravios contra sectores vulnerables, racializados, discriminados o construidos socialmente como “dispensables”.
Claro está que las manifestaciones de la jornada de luto nacional del sábado 15 de marzo por el caso de los hallazgos en Teuchitlán, Jalisco, fueron un potente detonador de una respuesta y de propuestas de Estado que habían lucido por ausentes.
Desde la presidencia es importante que se haya refrendado la importancia de “conocer la verdad de los hechos y hacer justicia a las víctimas y a sus familiares” y de seguir en “la tarea de buscar, localizar, identificar y atender a las familias de las personas desaparecidas”. Igualmente, Claudia Sheinbaum menciona el trabajo intergubernamental coordinado y un énfasis en la plaga de la impunidad y, por otro lado, en la empatía con las víctimas.
En principio, el mensaje muestra una postura positiva de no confrontación, de cercanía e interés hacia la problemática, aunque habría que concretar ya en las próximas semanas lo expresado en la frase, más desiderativa que real, de que “escuchamos la necesidad de los familiares de personas desaparecidas”.
Me parece que algo es conocer de las necesidades y ciertas dimensiones de esta compleja cuestión, y otra cosa es establecer mecanismos periódicos de escucha e incidencia con las familias y los colectivos, las organizaciones acompañantes y personas especialistas, que puedan aportar a acercar posturas y aterrizar contundentemente las mencionadas exigencias y los planteamientos de reforma.
Lo anterior se articula y construye en el tiempo y con metodologías, así que a la oportuna respuesta de emergencia debería seguirle un trabajo sistemático sobre esta prioridad nacional.
La situación forense, caracterizada por un rezago estructural de larga data en la identificación y restitución de cuerpos, que se van acumulando en las instalaciones de resguardo de todo el país, hasta superar la cifra de 72mil cuerpos no identificados, junto con el crecimiento de desapariciones y hallazgos de fosas clandestinas en contextos de prevalencia de redes mafiosas en distintos territorios de la República, ameritan esfuerzos no sólo intergubernamentales, sino también interestatales e interinstitucionales.
En este sentido, las premisas contenidas en el mensaje presidencial, según las cuales las desapariciones actuales se vinculan principalmente con la delincuencia organizada, mientras que antes eran perpetradas por el Estado, y son “un delito sumamente grave que debe prevenirse, atenderse y sancionarse” refleja sólo en parte una realidad que es más compleja.
Tanto en la segunda mitad del siglo pasado como en lo que va de éste, aun en proporciones invertidas, han existido desapariciones cometidas por aparatos y funcionarios del Estado, prevalentes durante la época de la contrainsurgencia (o la llamada “guerra sucia”), y aquellas cometidas por grupos armados no estatales o particulares (durante la mal llamada “guerra al narco”, o bien, de todos modos, en las últimas dos décadas aproximadamente).
Sin embargo, lo que caracteriza una parte consistente de las desapariciones actuales es que pertenecen a un área gris en que no están del todo claras, aparecen confusas o se pueden, más bien, presumir y deducir, la participación, la colusión, tolerancia u omisión de la acción de parte del Estado en violaciones a derechos humanos de este tipo, aunque hayan sido cometidas de manera directa por particulares y grupos delincuenciales.
En otras palabras, el servidor público puede ser responsable de una desaparición forzada, pero también el particular “que, con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público prive de la libertad en cualquier forma a una persona, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero” (art. 27 Ley General).
Esto quiere decir que muchas desapariciones cometidas por particulares pueden implicar una responsabilidad del Estado en permitir o concretar su ejecución o en omitir acciones preventivas, a sabiendas de determinado contexto delictivos y de la reiteración de esta práctica en ciertas zonas, como por ejemplo la región de Los Altos de Jalisco o el campo de Teuchitlán.
Entonces, en un país en donde muy pocos casos llegan a sentencia y prima la impunidad de los crímenes, es bastante difícil establecer exactamente la proporción de cuántas personas desaparecidas han sido victimas directas de servidores públicos o de particulares que hayan actuado con autorización o tolerancia de servidores públicos, configurando así una grave violación a derechos humanos, más allá de un simple “delito” o “hecho victimizante”, como, en cambio, frecuentemente son referidos en los discursos oficiales de todos los niveles para diluir la corresponsabilidad del Estado.
1. A partir de las acciones inmediatas anunciadas por la presidenta, de manera preliminar, justamente a reservas de que en los próximos días sean enviadas en su versión completa al Congreso y puedan ser objeto de un debate público más profundo, es posible plantear un balance inicial. Veamos.
“El día de hoy estoy firmando un decreto para fortalecer a la Comisión Nacional de Búsqueda, a fin de ampliar su capacidad de atención, análisis de contexto y la adquisición de equipos tecnológicos que acompañen las búsquedas con evidencias científicas.
Si bien, después de sucesivos recortes presupuestales, es valiosa la idea de fortalecer los recursos humanos, financieros y materiales de la Comisión Nacional de Búsqueda, para los fines indicados en la propuesta, aún más importante sería retomar tareas que han sido canceladas o arrinconadas en años recientes, particularmente desde el 2023, como la búsqueda en panteones y la catalogación del módulo de fosas comunes para fines de registro, confrontas y exhumación. Pues en estos espacios son depositados, muchas veces en malas condiciones, miles de cuerpos de personas no identificadas que podrían ser buscadas y restituidas a sus familiares. Así de hecho estaba sucediendo, el trabajo avanzó en 11 entidades, pero fue abandonado. Asimismo, de parte de FGR, quedó bloqueado el Plan Nacional de Exhumaciones.
Lo mismo sucedió con los procesos de búsqueda e investigaciones relacionados con el periodo de la “guerra sucia”, otra función por reconstruirse. Por otro lado, la CNB ha quedado mucho a deber en tema de análisis de contexto y es de interés que se quiera fortalecerlo, pero eso implicaría la conformación de verdaderos equipos interdisciplinarios de investigación, de campo y de gabinete, para la comprensión profunda y la elaboración de informes de contexto que potencien la búsqueda y den con el paradero de las personas.
2.“El próximo jueves estaré enviando varias iniciativas de reforma al Congreso de la Unión. La primera, una reforma a la Ley General de Población, para consolidar el Certificado Único de Registro de Población (CURP) como la fuente única de identidad de las personas que permita cruzarla con todos los registros administrativos que existen en el país, para generar alertas que faciliten la identificación de indicios de vida de personas reportadas como desaparecidas. En esta labor participará la Secretaría de Gobernación, por medio del Registro Nacional de Población (RENAPO), y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT)”.
Me parece un avance, realmente un tema pendiente desde hace muchos años. Sería positivo contar en México con un documento de identificación universal, que contenga datos biométricos y demográficos de todas las personas, incluyendo extranjeros, menores de edad y residentes en el exterior, para que toda la información disponible y generable pueda cruzarse en múltiples bases de datos con el fin de encontrar indicios de personas desaparecidas. Ojalá, asimismo, que todas las bases de datos se vuelvan cada vez más interoperables, digitales y compatibles, con cotejabilidad plena de todos sus elementos biométricos y de otra naturaleza.
3.La segunda iniciativa, se trata de una reforma a la actual Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, para: Crear la Base Nacional Única de Información Forense que se alimente con datos de los servicios periciales de las 32 Fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República, así como de los servicios forenses estatal y federal.
Esto es fundamental, y es importante que desde el nivel presidencial se inste a las demás autoridades responsables a integrarlo y hacerlo funcionar: sin embargo, esta propuesta equivale a lo que ya contiene la Ley, no hace falta reformarla. El Banco Nacional de Datos Forenses debería estar operando desde 2018, pero solo desde 2023 se tiene alguna noticia de él por parte de la FGR, responsable de su funcionamiento, tras haber perdido un amparo promovido por una buscadora de Celaya, Guanajuato. Pero a la fecha ha habido una integración parcial y disfuncional del mismo sistema, y entonces simplemente bastaría con echarlo a andar correctamente, obligando a la FGR y a todas las fiscalías estatales a cumplir con su deber.
Ahora bien, si la propuesta presidencial, cuyos detalles conoceremos en los próximos días, estuviera encaminada a reforzar esta obligación institucional, o bien, a hacerla compartida con otras instancias de gobierno para que sí sirva, podría convertirse en un acierto.
4.Crear la Plataforma Nacional de Identificación Humana que comunique y actualice la totalidad de registros administrativos y forenses de cualquier autoridad de todo el país, incluido, cuando así se le llame, el registro electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) para cotejo de huellas dactilares, realizar consultas que identifiquen indicios de vida o incluso, a personas fallecidas.
Este punto es novedoso, en el sentido de que como tal no está presente en la legislación actual, y suena redundante. Me parecería factible y útil, solo en la medida en que coadyuvara al Banco Nacional de Datos Forenses de la FGR e incluso le sustrajera en parte sus atribuciones, quizás, mediante alguna base operada desde la Agencia de Transformación Digital. Pero pues queda bastante críptico y habrá que esperar el texto final.
5.Fortalecer el Centro Nacional de Identificación Humana que tendrá a su cargo la gestión de la Plataforma Nacional de Identificación Humana, que contará con todas las técnicas, incluida la identificación de ADN, con el apoyo de Instituciones Científicas y en colaboración con la Fiscalía General de la República, las Fiscalías estatales, la Comisión Nacional y las Comisiones estatales de Búsqueda, así como la Agencia de Transformación Digital.
El CNIH fue un planteamiento interesante y esperanzador en el mandato de Andrés Manuel López Obrador, pero sus instalaciones y capacidades fueron desmanteladas antes de nacer, prácticamente. Otros centros de esta naturaleza, como el de Coahuila, representan una experiencia exitosa que celebro pueda recuperarse y, ojalá, expandirse más allá de un solo centro nacional, sino con fondos y personal formado para construir 32 más, al menos uno en cada entidad federativa, con independencia presupuestaria y operativa pero conformados como una red que supla las carencias, fallas, saturaciones e ineptitudes de los servicios periciales de las fiscalías.
Cabe mencionar que, además de la reforma al poder judicial, un planteamiento de campaña fue y debería seguir siendo la reforma a las fiscalías y a las policías, sin las cuales cualquier medida en materia de desaparición y búsqueda, procuración y administración de la justicia, y seguridad y paz en general, podrá desplegarse plena y eficazmente.
6.“Incorporar en la Ley nuevos protocolos que permitan generar una alerta de búsqueda inmediata en todas las corporaciones y entidades del país, así como abrir de inmediato carpetas de investigación por el delito de desaparición o no localización, sin necesidad de esperar 72 horas como todavía ocurre en algunos estados de la República”.
En verdad, no creo se necesiten como tales nuevos protocolos, ya que, en el sexenio pasado, tras procesos proficuos e intensos de colaboración de la CNB con los colectivos, la sociedad civil y las familias, fueron implementados el Protocolo Homologado de Búsqueda y el Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes, aunque quizás sólo se esté proponiendo ahora su revisión y actualización.
Estos cambios serían más relevantes, tal vez, para Protocolos más antiguos, como los que formulan las fiscalías: el de Investigación para Casos de Desaparición (del 2019) y, más urgente, el Protocolo para el Tratamiento e Identificación Forense (del 2015), que inclusive sigue usando el término estigmatizante de “narco fosa” para describir contextos de hallazgo de restos humanos inhumados ilegalmente (fosas clandestinas, según el Protocolo de Búsqueda).
En el tema de las 72 horas: igual, es positiva la mención de Sheinbaum al hecho de que todavía muchos ministerios públicos y fiscalías del país no respetan el mandato legal, pero cabe mencionar, asimismo, que la Ley General es muy clara y contundente al respecto. No se necesita ninguna reforma en sí, sino el respeto de la vigente por parte de las fiscalías y quizás un sistema más eficaz de sanciones en casos de incumplimiento.
Ahora bien, si la intención de la propuesta fuera la eliminación de la categoría de “persona no localizada”, dejando simplemente la de “persona desaparecida”, para que las fiscalías no tengan “excusas” para clasificar de manera tendenciosa o errónea los casos, esto ha funcionado en Guanajuato desde el 2020 y podría ser una opción interesante.
Por otro lado, ya existe la obligación de las comisiones de búsqueda y de los ministerios públicos de NO esperar nunca ni un minuto ni horas para comenzar a buscar a una persona cuyo paradero se desconoce.
Lo que sí puede hacer el MP, solo en algunos casos explicitados por la Ley General en el art. 89, es esperar hasta 72 horas desde el reporte de una desaparición para abrir carpeta de investigación, presuponiendo algún delito. Pero no puede esperar para comenzar a desplegar acciones de búsqueda nunca y esto ya está en la Ley.
Sería interesante centrarse en lo que especialistas como Javier Yankelevich han señalado en distintos foros: modificar el artículo 38 de la Ley General sobre sanciones y responsabilidades de servidores públicos que obstaculizan las búsquedas. Este artículo dice que se impondrán penas y sanciones “al servidor público que impida injustificadamente el acceso previamente autorizado a las autoridades competentes encargadas de la búsqueda de Personas Desaparecidas o de la investigación de los delitos” de desaparición a cualquier mueble o inmueble de las instituciones públicas. Bueno, en este caso, quitar las palabras “injustificadamente”, “previamente autorizado” y “a cualquier inmueble”, ayudaría mucho, pues con esas restricciones resulta casi imposible sancionar a cualquier funcionario que impida las búsquedas, pues por ejemplo siempre puede presentar “justificaciones”, pretextos sobre autorización de otras autoridades a ingresar en alguna instalación.
7. Equiparar el delito de desaparición al de secuestro, y homologar tanto penas como procedimientos de investigación del delito de desaparición en todas las Fiscalías estatales y la Fiscalía federal.
Este punto es polémico y ha suscitado críticas. Podría ser un aspecto regresivo e innecesario. Depende efectivamente de cómo será “aterrizado” en la propuesta concreta, pero en este momento es difícil posicionarse. Digamos que es cierto que muchas fiscalías y MP, por lo menos en Guanajuato, prefieren abrir carpeta de investigación por delitos que implican la privación de libertad o la ausencia de una persona como el secuestro, la sustracción de menores, el homicidio o la trata, y no por desaparición forzada o cometida por particulares.
Refieren en algunas fiscalías que eso podría explicarse poque las penas del delito de secuestro son más altas y muchos MP tienen más familiaridad y experiencia con los protocolos de investigación de este delito, u otros delitos que acabo de citar, que con los de desaparición. No sé si bastaría como explicación, la verdad.
También puede darse el caso de que no se quiera “visibilizar” la desaparición como tal y utilizar este tipo penal, siendo un delito de naturaleza distinta que involucra más directamente una dimensión “política” y violatoria de los derechos humanos. Pero tampoco esta otra explicación es del todo convincente.
Los protocolos de búsqueda, ya sea en casos tipificados como secuestro o como desaparición o como trato u otras, deben ser respetados y atendidos por todas las autoridades, por ejemplo, y cada vez que una persona no es encontrada y se desconoce su paradero, de todos modos, debe ser registrada como desaparecida y entra en los registros y cifras oficiales.
En fin, homologar las penas por el delito de desaparición cometida por particulares o forzadas con aquellas previstas para el secuestro podría ser una posibilidad, según lo que entiendo del planteamiento de la presidenta. Aun así, esto significa mayor “punitivismo”, y en la mayoría de los casos un aumento de penas de por sí solo no representa un avance ni un disuasor del crimen. En cambio, uniformar los protocolos de investigación del secuestro con los de la desaparición, me parece un retroceso.
8. “Establecer la publicación mensual de las cifras de carpetas de investigación sobre desapariciones de las Fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República, por medio del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública”.
Es buena idea, sobre todo para darle visibilidad a la problemática y mejorar la rendición de cuentas desde ese ámbito. También debería incluirse el seguimiento a las mismas carpetas registradas, y todo su recorrido hacia el anhelo de la justicia, o sea, hasta conocer cómo y cuándo llevaron a sentencias.
Urgente en este ámbito es recuperar también la mejora continua del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas para que en efecto sí sea un instrumento para la localización de personas, más que un proveedor de cifras imprecisas o bases de datos solo parcialmente accesibles. Entonces, se puede afinar y perfeccionar la información que contiene, seguir rastreando los registros erróneos y duplicados, con plena transparencia y supervisión social del proceso, y sobre todos obligar vía reformas o sanciones a fiscalías y comisiones de búsqueda a operar el registro correcta, responsable y puntualmente, pues la gran parte de las fallas detectados el sexenio pasado dependían de estas instituciones.
Por otro lado, es problemático que todavía no se hayan integrado versiones públicas y funcionales de los Registros de Fosas Comunes y Clandestinas, de Personas Fallecidas y No Identificadas, además de todos sus equivalentes en los estados.
9. “Fortalecer la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para el acompañamiento, apoyo y asesoría a todos los familiares que tienen alguna persona desaparecida”.
Desde luego, como en el caso de la CNB, el fortalecimiento de la atención a víctimas, para que simplemente deje de ser un mecanismo de “administración burocrática del dolor”, es un paso clave. Familiares de personas desaparecidas en Guanajuato han señalado los límites de interpretación, que por la Ley General de Víctimas y su equivalente estatal, son impuestas acerca de las consecuencias, interpretadas mal y restrictivamente, de los llamados “hechos victimizantes” sobre la salud de las personas. Muchas veces efectos como el cáncer, enfermedades crónicas y degenerativas, dentales y de otra naturaleza, quedan desatendidas y eso debería reforzarse en las leyes y en la práctica.
Por otro lado, todavía han sido insuficientes los esfuerzos de la CEAV y sus instituciones espejo en los estados a favor de las políticas de memoria, no repetición y reparación integral del daño, otros temas que desde la ley y desde la voluntad política, sobre todo, deben de colocarse en el centro.
En este punto, hay que mencionar también los aspectos de la protección y la seguridad de las personas buscadoras, pues el Mecanismo federal de protección para personas defensoras y periodistas ha sido un mecanismo débil respecto de la incorporación y reconocimiento de las y los buscadores como personas defensoras, de la activación de la protección y de los apoyos para desplazarse o resguardarse en situaciones de riesgo para su incolumidad.
10. “Convocaremos al Consejo Nacional de Seguridad Pública para construir los protocolos con todos los gobernadores, necesarios, para atender este delito, la atención a las víctimas y el fortalecimiento de las Comisiones de Búsqueda, así como el fortalecimiento de las Fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República”.
En este punto, no se menciona algo fundamental para la legitimación y mejor funcionamiento de la política pública, algo válido sobre todo en materia de desaparición y búsqueda, que es la necesaria participación de las víctimas, colectivos, organizaciones, especialistas, entre otros actores. Todo lo anterior debería, en mi opinión, redundar en una política de Estado integral y reformas puntuales e innovativas, consensuadas mediante espacios de participación y discusión, que amplíen significativamente los alcances de espacios como los Sistemas Nacionales de Búsqueda y de Víctimas y sus consejos ciudadanos.
En las propuestas de la presidenta y en la ruptura del silencio sobre el tema, estamos viendo un arranque interesante en este sentido, pero hace falta analizar todos los detalles, despejar muchas dudas y solicitar procesos participativos, aprovechando estratégicamente la coyuntura o la urgencia, pero yendo más allá del “caso Teuchitlán” que, en esta ocasión, las ha gatillado.
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Fabrizio Lorusso. Profesor investigador de la Universidad Iberoamericana León sobre temas de violencia, desaparición de personas y memoria en el contexto de la globalización y el neoliberalismo. Maestro y doctor en Estudios Latinoamericanos (UNAM). Colaborador de medios italianos y mexicanos. Integra la Plataforma por la Paz y la Justicia en Guanajuato, proyecto para el fortalecimiento colectivo de las víctimas. YouTube @TrotamundosPolitico
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