Justicia

Destituyen a jueza por violencia laboral contra empleadas de juzgado en Ciudad Juárez




septiembre 2, 2024

“Esperamos en que este caso sirva de ejemplo, para todos aquellos servidores públicos que abusan de su autoridad para humillar, amenazar, explotar y en sí, a hostigar laboralmente a los empleados que tienen a su cargo”, dijo una de las víctimas de la jueza María del Carmen Domínguez Aguirre, destituida del  juzgado Primero Familiar en Ciudad Juárez

Por Blanca Carmona / La Verdad Juárez

Tras un proceso de casi cinco años, la titular del juzgado Primero Familiar por Audiencia del Distrito Judicial Bravos, María del Carmen Domínguez Aguirre, fue destituida de ese cargo tras acreditarse que cometió actos de violencia y abuso de funciones en contra 15 funcionarias del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que estaban bajo su cargo.

En diciembre del 2019, la Dirección General Jurídica del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) radicó una queja administrativa e inició un procedimiento en la que se documentó que Domínguez Aguirre ejercía de manera directa y sistemática actos de violencia laboral e institucional.

En la sentencia, correspondiente al expediente 7/2019, se declaró a la hora exjueza responsable de faltas administrativas graves previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado en contra de 15 de las 20 personas que la denunciaron, se desprende del fallo.

Cinco de las víctimas se desistieron de su denuncia, debido a la presión que se ejerció en su contra durante los más de cuatro años que se tardó el Consejo de la Judicatura (CJ) del Poder Judicial del Estado de Chihuahua en emitir una resolución.

“A la servidora pública se le acusa de haber ejercido violencia en contra del personal que se encontraba a su cargo durante el desempeño como titular del juzgado, a partir del 24 de febrero de 2016, conductas consistentes en aislamiento, trato grosero, hostil, humillante, amenazas, intolerancia, discriminación, rechazo, intimidación y con ello, generó un abuso en las funciones conferidas en la ley para el desempeño de sus labore”, se lee en la sentencia emitida por la secretaria ejecutiva provisional del CJ del Poder Judicial, María Iveth de la Mora Hernández y a la que tuvo acceso La Verdad.

Derivados del maltrato, las víctimas han padecido insomnio, depresión, ira, fatiga, lagunas mentales, falta de concentración, crisis de ansiedad y síntomas psicóticos y en general, un estrés postraumático generado por la violencia a la que fueron sometidos, denunciaron en su momento las víctimas.

Respecto a la sentencia una de las víctimas expresó que todas las denunciantes se sienten contentas con la resolución a pesar de que el CJ tardó más de cuatro años en pronunciarse y de que el daño que les ocasionaron es irreparable y no se puede cuantificar.

“Pensamos que no saldría favorable, y más por todo el tiempo que se tardó en resolverse el caso, pero al ver que se acerca un poco a lo que consideramos justo, si bien el daño que se nos hizo no es cuantificable, al obtener justicia cerraremos este ciclo, y continuaremos trabajando en que no se vuelva a repetir.

“Esperamos en que este caso sirva de ejemplo, para todos aquellos servidores públicos que abusan de su autoridad para humillar, amenazar, explotar y en sí, a hostigar laboralmente a los empleados que tienen a su cargo”, dijo una de las víctimas, que habló a nombre de las denunciantes, cuya identidad esta bajo reserva de las autoridades judiciales.

Domínguez Aguirre fue notificada la semana pasada del fallo en su contra y separada del cargo sin posibilidad de aspirar a una reubicación, así lo informó el vocero del Poder Judicial del Estado Luis Rubén Maldonado.

El 17 de enero de 2020 la juzgadora fue suspendida temporalmente como titular del juzgado Primero Familiar por Audiencia con goce de sueldo y reubicada al Centro Auxiliar para los Juzgados en Primera Instancia en Materia Civil y Familiar del Sistema Tradicional con competencia en todo el Estado. De este último cargo fue separada la semana pasada.

Desde mayo pasado la secretaria ejecutiva provisional del CJ del Poder Judicial, María Iveth de la Mora Hernández, emitió la resolución pero hasta el pasado 12 de agosto en sesión privada el CJ del Poder Judicial del Estado emitió la sentencia.

El proceso de la búsqueda de justicia

El 30 de octubre del 2018 dos de las víctimas –de identidad reservada y señaladas como número uno y dos– presentaron las quejas a una visitaduría del Poder Judicial. En noviembre del mismo año, se inició la investigación y se formó el registro del expediente de investigación de presunta responsabilidad administrativa, se desprende del fallo.

A partir de esa fecha otras 18 víctimas también presentaron las quejas en diferentes momentos entre abril y agosto de 2019.

El 3 de marzo de 2020 se realizó la audiencia inicial con las víctimas, identificadas como uno y hasta la siete, también con las señaladas de la 10 a la 16, con la presencia del personal de Derechos Humanos del Poder Judicial como coadyuvantes de las afectadas.

Las afectadas, ofrecieron como pruebas recetas médicas, resúmenes clínicos y reportes psicológicos. También se presentaron funcionarios judiciales en calidad de testigos y 17 registros audiovisuales del Tribunal Superior de Justicia.

Mientras que la jueza presentó como pruebas a su favor su expediente laboral; la acreditación de cursos y talleres; el nombramiento como juzgadora; la lista del personal con el cual inició funciones el juzgado que estaba a su cargo, el 24 de febrero de 2016; documentos relacionados con las víctimas y los cambios de adscripción de estas; la ratificación como jueza y una constancia acreditando que estaba bajo un tratamiento psicológico.

Hasta el 5 de junio del 2023 se declaró abierto el periodo de alegatos y casi ocho meses después se cerró ese proceso, ordenándose dictar una resolución.

A la ahora exfuncionaria judicial se le juzgó de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, con lo previsto en los artículos 211 al 234 y también las Bases para Investigar y Sancionar la Violencia Laboral emitidas por el Pleno del Consejo de la Judicatura el 25 de marzo del 2018, se informó.

Específicamente a Domínguez Aguirre se le atribuye las conductas señaladas en el Artículo 216 fracción VII que sanciona “realizar actos de violencia, amagos, malos tratamientos o expresar por escrito o verbalmente críticas ofensivas o injuriosas contra las y los superiores o las y los compañeros o contra los familiares de unos u otros, dentro o fuera de las horas de servicios”.

Con el desahogo de pruebas y al darles una valoración, la secretaria ejecutiva provisional del CJ del Poder Judicial, María Iveth de la Mora Hernández, tuvo por acreditado la conducta irregular y ofensiva de Domínguez Aguirre.

“Víctima uno, en su parte medular indicó que la servidora pública no le tenía permitido hablar, que sobajaba a sus compañeros; que siempre la comparaba y le decía que no tenía conocimiento; no le permitía comer; amenazaba constantemente con levantarle actas administrativas; que le cerró la puerta en la cara; que los volteaba a la pared para que no interactuaran; le dijo que no servía para secretaría auxiliar”, se lee en la sentencia.

“Víctima dos indicó que la servidora pública denigraba su trabajo, la hacía sentir mal, la humillaba, que los exhibía a través de una lista que tenía afuera del despacho, la amenazó para que la mantuviera informada de los errores de sus compañeros, si no lo hacía, le iba a ir mal o le iba a levantar un acta administrativa, que el ambiente en el juzgado era hostil u no la dejaban platicar con nadie, que la sentó volteando a la pared de espaldas a sus compañeros”, se documentó.

Los afectados también expusieron que había temporadas en que la entonces jueza “agarraba” a compañeros en específico y los atacaba, los exhibía con una hoja en el tablero donde ponía las veces que se equivocaban y el trabajo que hacían por semana o por día y a esas personas las castigaba; y si  terminaban sus funciones a las 7 de la tarde los obligaba a que se quedaran hasta las 12 o una de la mañana.

“Víctima seis manifestó que el juzgado era tipo gendarmería, que todo el tribunal estaba estresado, que había mucha presión, que había personas que se dedicaban a observar lo que hacías, no tenías permitido comer, ni tomar agua, también había restricción de ir al baño, eran vigilados por la juez quien desde que llegó, lo trató de mala manera, todo el trabajo le parecía mal, no respetaba el trabajo que hacíamos, en ocasiones ni lo revisaba”, denunció el afectado.

Lo anterior empezó a ocasionar una afectación en la vida personal y familiar de los funcionarios judiciales y un daño psicológico, básicamente depresión severa, estrés postraumático, ansiedad, entre otros padecimientos. Algunas de las víctimas requirieron tratamiento psiquiátrico y la mayoría fueron incapacitados durante diversos periodos.

Además de las versiones de las víctimas, se presentaron las declaraciones de los psicólogos y psiquiatras que vieron a los ofendidos; también recetas e informes oficiales.

El comportamiento de la entonces juzgadora también afectó la impartición de justicia para ciudadanas que buscaban protección, se señaló. El 6 de junio del 2021 un abogado presentó una queja para denunciar que la titular del Juzgado Primero Familiar por Audiencia del Distrito Judicial Bravos causó un daño irreparable a una mujer que buscaba una pensión alimenticia para su hijo.

“La mujer que representaba se vio muy afectada y ya no quiso continuar con el juicio porque se sintió muy ofendida por la actuación de la juez, porque a pesar de haberle hecho saber que era una persona vulnerable y que tenía derecho a reclamar una pensión alimenticia para su menor hijo, no le permitió desahogar algunas pruebas… el trato de la juez hacía mi cliente fue hostil, con carácter muy estricto, que generaba o se sentía la autoridad de yo mando aquí, lo que yo digo aquí eso es”, denunció el litigante.

Al emitir la sentencia el CJ consideró que la conducta de Domínguez fue grave en virtud del daño causado a las 15 víctimas y por ello no prescribió a pesar del tiempo que transcurrió entre la fecha de los hechos y la emisión de la sentencia, y tomando en cuenta que la ahora sentenciada fue emplazada el 6 de enero del 2020.

En cuanto a medidas de reparación integral a favor de las 15 víctimas, como compensación, satisfacción y garantía de no repetición, el Consejo de la Judicatura determinó que esa sentencia se debe interpretar como un compromiso del Poder Judicial para respetar los derechos humanos y promover entornos libres de violencia y discriminación y una contribución a la restauración de la dignidad y reputación de las víctimas. Además, recomendó a su propio personal que se den cursos de capacitación de perspectiva de género y desarrollo de funciones.

A través de Comunicación Social del TSJ, La Verdad solicitó una entrevista a la funcionaria destituida María del Carmen Domínguez Aguirre, pero no hubo una respuesta.

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