En instituciones de Salud retardan atención e intentan que mujeres agredidas desistan de interrumpir su embarazo, denuncian; ocho abortos se practicaron en niñas y adolescentes de entre 11 y 15 años
Itzel Ramírez
La Verdad/Especial para El Diario
Ciudad Juárez –Aunque la ley estatal permite interrumpir un embarazo si ha sido producto de una violación, las mujeres agredidas que acuden a las instituciones de salud pública en busca del aborto legal y seguro enfrentan obstáculos por parte de las autoridades.
Lentitud para acreditar una violación sexual, falta de médicos que realicen este tipo de procedimientos e intentos para hacer desistir a las víctimas de interrumpir el embarazo, son constantes dentro del sistema público de salud, acusan activistas, trabajadores de gobierno y mujeres que han acudido a instituciones de la Secretaría de Salud de Chihuahua.
Las cifras oficiales muestran una tendencia a la baja en la atención que brindan los hospitales a quienes por causal de violación han solicitado interrumpir su embarazo. En 2017, la Secretaría de Salud registró cinco procedimientos, siete para el 2018 y únicamente dos en 2019.
Del total de 14 interrupciones registradas en el periodo 2017-2019, ocho se realizaron a niñas y adolescentes de entre 11 y 15 años, indica la información de la dependencia estatal.
Elia Orrantia, directora de Sin Violencia AC, afirma que entre las organizaciones defensoras de derechos humanos, es común enterarse de cómo dentro de las instituciones públicas tanto de salud como de justicia se tardan en atender a las víctimas embarazadas como consecuencia de un delito sexual.
“Las autoridades sanitarias aquí en el estado hacen todo lo posible para que en lo que investigan si es una violación el tiempo pase y ya sea muy tarde para interrumpir el embarazo”, apunta la activista.
Actualmente, la NOM 046-SSA2-2005 establece que las instituciones de salud pública deben brindar el servicio de interrupción de embarazo a toda mujer que lo solicite, siempre que bajo protesta de decir verdad manifieste que su estado es producto de una violación. Para que el procedimiento sea legal, debe realizarse dentro de los primeros 90 días de gestación, se indica en el artículo 146 del Código Penal.
A pesar de la norma, en Chihuahua las autoridades sanitarias exigen la presentación de un oficio de la Fiscalía General del Estado donde se acredite que la mujer ha sido víctima de violación, confirma Alonso Castelo, subdirector de Salud Sexual y Reproductiva de la Secretaría de Salud del Estado de Chihuahua.
De acuerdo con Castelo y con Raúl Cuevas, coordinador del Programa de Salud Sexual y Reproductiva para adolescentes, el trámite para obtener el oficio de la FGE tarda aproximadamente un día a partir de la mujer acude al Centro de Justicia a iniciar la diligencia.
Desde su experiencia de acompañamiento de víctimas de violación, Orrantia rechaza que el proceso sea expedito.
“Se tardan mucho más de un día, se pueden tardar semanas, solo tomemos en cuenta los horarios en los que trabajan los Centros de Justicia. Aparte hay que considerar que ni siquiera deberían de estar pidiendo el oficio”, apunta.
Con experiencia de más de cinco años como trabajadora social en un hospital público, Noelia coincide en señalar las dificultades que enfrentan las mujeres que quieren recurrir a un aborto.
“Siempre que llega una paciente así la quieren convencer de que no interrumpa su embarazo. Si no lo logran, piden que ponga una denuncia, que la revisen en la Fiscalía, hasta que busque mejor si alguien quiere adoptar y en eso se les va el tiempo y ya es muy tarde para realizar el procedimiento”, señala la servidora pública, que ha pedido no usar su nombre real.
Gonzalo, enfermero tanto en hospitales privados como públicos, concuerda con lo señalado por su compañera.
“La presión sobre las pacientes para que no interrumpan su embarazo es tan grande que algunas terminan con cuadros de trastornos de depresión. Muchas desisten, otras prefieren irse con médicos privados o a la Ciudad de México”, cuenta.
Los registros del gobierno de la CDMX –donde está permitida la interrupción voluntaria del embarazo–, advierten que desde abril de 2007 al 26 de septiembre de 2019, han sido atendidas 63 mujeres procedentes de Chihuahua en instituciones gratuitas y privadas de aquella entidad.
Para Raúl Cuevas, esta cifra muestra las fallas que hay en el sistema chihuahuense.
“A título personal sí me preocupa que tienen que estar yendo a Ciudad de México si nosotros podemos cumplir con esos servicios.
“Tenemos un tema pendiente de que realmente seamos más flexibles a la hora de aplicar los reglamentos. En el caso de violación es en el que hemos estado trabajando para que los procesos sean mucho más sencillos”, acota el funcionario.
Además del papeleo que deben seguir, las mujeres embarazadas por una violación sexual deben conseguir más de una opinión médica y profesionistas que no recurran a la objeción de conciencia para no realizar la interrupción.
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Martha tenía 19 años cuando quedó embarazada tras ser atacada sexualmente por un familiar. Tras denunciar el hecho, primero ante sus padres y luego formalmente en la FGE, se dio cuenta de que estaba embarazada.
“Al principio dos médicos me revisaron, el primero porque decía que tal vez no estaba embarazada, que podía ser estrés, luego otro para ver cuántas semanas tenía y si podía abortar, después era pasar con otro, repetir la historia y que me preguntaran si estaba segura de que me habían violado. Por último, me dijeron que aquí no había médicos en que quisieran hacer un aborto, fue entonces que mis papás contactaron con una clínica en México donde nos ayudaron para hacer el viaje”, recuerda Martha, ahora estudiante universitaria.
Desde la Secretaría de Salud confirman que es común encontrarse con personal que se niega a realizar las interrupciones del embarazo.
“De hecho puede haber varios médicos que pueden hacer, objeción de conciencia. Tenemos que ser claros en que son comunes”, explica Cuevas.
Sin embargo, añade, se tiene ubicados a los equipos que sí realizan estos procedimientos.
Para Elia Orrantia, la objeción de conciencia no tiene cabida dentro del sector público, pues afecta directamente al derecho a la salud de las personas.
“Si quieres poner por encima tus principios, tus creencias, estoy de acuerdo, pero entonces no trabajes en un sistema de salud que está obligado a cumplir esta ley. Desde lo particular está bien, pero dentro del sistema público no puedes hacer objeción de conciencia, ¿cómo puedes estar trabajando en algo donde no vas a cumplir con una obligación?”, cuestiona la defensora.
TÉS Y PASTILLAS, LA VENTA CLANDESTINA
Aparte de la violación, hay otras dos circunstancias que excluyen la responsabilidad penal a la mujer que comete un aborto: cuando su vida o salud está en peligro y cuando la interrupción se debe a una conducta imprudencial; en el resto de los casos, la muerte del producto de la concepción es un delito que se castiga con penas que van desde los seis meses a los tres años de prisión.
Sin embargo, la tipificación del aborto no frena la venta clandestina de kits para interrumpir el embarazo.
Por dos mil 500 pesos como tarifa promedio se puede comprar un paquete que incluye tés y generalmente dos pastillas abortivas que son entregadas en un punto convenido entre vendedor y cliente.
Cuando Abigail recibió su kit afuera de una farmacia en el centro de Ciudad Juárez, la vendedora le explicó a grandes rasgos las instrucciones para tomar las infusiones y los medicamentos.
Le advirtió, recuerda, que era probable que tuviera náuseas, tal vez vómito y seguramente sangrado, pero que era seguro porque las pastillas eran “de las buenas”.
Pocas horas después de la primera toma, Abigail comenzó a vomitar y a tener un sangrado abundante, por lo que una de sus amigas la convenció de ir al doctor.
Cuando llegó al Hospital de la Mujer, el médico le preguntó si había tomado algo para abortar.
“Yo le grité que me estaba muriendo, que ni siquiera sabía que estaba embarazada y que mejor se apurara a atenderme porque me iba a desangrar y dejó de preguntar”, cuenta.
Tras realizarle un legrado, Abigail fue dada de alta no sin antes declarar nuevamente que desconocía su estado.
“¿Por qué tenemos que seguir recurriendo a cosas ilegales?”, cuestiona Orrantia, que ha conocido de otro caso similar al de Abigail.
“Lo primero que le trataron de sacar era si había usado pastillas”, recuerda. “Eso es criminalizar a las víctimas, porque no se castiga la clandestinidad, ni quien vende, sino se investiga a las víctimas”.
POCAS SENTENCIAS
Desde el año 2011 y hasta finales del 2019, el Tribunal Superior de Justicia guarda registro de 18 causas penales abiertas por aborto. Solamente en siete casos se ha llegado a dictar sentencia -seis absoluciones y una condena-, según la información del TSJ entregada a través de Transparencia, en el resto de los casos se ha llegado a salidas alternas.
Incluso, la FGE no tiene registro de ninguna mujer que se encuentre actualmente en prisión por el delito de aborto.
El pasado 6 de febrero, la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados federal emitió una opinión favorable para una iniciativa que reforme la Ley General de Salud para permitir la interrupción legal del embarazo en todo el país, por lo que la Comisión de Salud procederá al análisis de la propuesta.
Ante el anuncio, el Congreso del Estado en sesión de Comisión Permanente emitió un exhorto para solicitar que no se apruebe la propuesta impulsada por el grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados.
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