Juárez

CNDH señala a militares por tortura y homicidio en Ciudad Juárez




octubre 17, 2020

El organismo de derechos humanos recomienda a la FGR iniciar una investigación para que el caso no quede impune y pide a la SEDENA la reparación del daño para las víctimas, uno de ellos menor de edad, quienes sufrieron los agravios durante las acciones del ‘Operativo Conjunto Chihuahua’

Rocío Gallegos / La Verdad

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) determinó que hay evidencias suficientes para acreditar la responsabilidad de personal militar en la detención arbitraria, retención ilegal y actos de tortura en agravio de dos hombres y un menor de edad en Ciudad Juárez, en hechos ocurridos en febrero del 2009, durante el ‘Operativo Conjunto Chihuahua’.

Además, el organismo documentó que el menor también fue violado y uno de dos hombres, asesinado, así lo establece en la recomendación número 38 VG/2020 emitida este 15 de octubre, en la que se documentan las agresiones cometidas por 10 soldados, así como por un ministerio público militar y dos ministerios públicos civiles, uno federal y otro estatal.

De acuerdo con los testimonios recabados por la CNDH, el 26 de febrero de 2009, aproximadamente a las 22:00 horas, uno de los hombres y el menor se encontraba en un negocio de comida, al que habían llegado en un vehículo particular, cuando al lugar arribaron entre 45 y 50 elementos de la SEDENA, quienes los detuvieron y subieron a una unidad militar para trasladarlos al cuartel en la ciudad, donde fueron torturados para obtener información relacionada con un presunto secuestro de una regidora.

En su queja ante el organismo, el menor narra que al llegar al lugar donde los retuvieron le propinaron un puñetazo en el estómago y al caer de rodillas continuaron golpeándolo entre varias personas, que también le daban “patadas en la espalda, en las nalgas, en los testículos” y escuchó que al mismo tiempo golpeaban a su acompañante.

Después, dos personas lo jalaron de los brazos, lo hincaron y metieron su cabeza “a una cubeta de agua” unas 15 ocasiones, mientras le preguntaron “en dónde está la secuestrada, no te hagas pendejo, la Regidora”, a lo que contestaba “no sé de qué hablan”, relata la CNDH en la recomendación.

En el documento dirigido a la SEDENA, al Fiscalía general de la República (FGR) y la Fiscalía de Chihuahua, el organismo derechohumanista menciona que, con motivo de la tortura, el hombre detenido involucró a otro, por lo que militares se dirigieron a buscarlo. Al llegar al domicilio, ingresaron arbitrariamente y sacaron al señalado.

A los tres los mantuvieron bajo tortura y cuestionándoles sobre “dónde estaba la secuestrada, quiénes habíamos participado, qué cuál era nuestra función, que a qué otros actos nos dedicábamos”.

Después, el menor narra que escuchó a su acompañante agitado, “como si le costara trabajo respirar”, cerca de 5 minutos después el hombre “ya no habló” y uno de los militares dijo “este buey ya se murió”, por lo que se salieron del cuarto y pasando la puerta comenzaron a discutir diciendo “que se les había pasado la mano”. Posteriormente, agrega, que entró un militar y escuchó una detonación de arma de fuego.

Al transcurrir 10 minutos, aproximadamente, el menor logró quitarse el pasamontañas y se percató que el hombre a su lado “tenía el balazo en la frente… [y] …un poco de sangre que le escurría del lado derecho de su cara”, menciona la CNDH.

En el documento se menciona que siendo la madrugada del 28 de febrero los militares sacaron al menor del lugar donde se encontraba para subirlo a la caja de un camión, donde lo dejaron solo y esposado con las manos hacia atrás. Así estuvo por cerca de 4 horas hasta que entró a la unidad un soldado que le desabotonó el pantalón y le colocó una pistola en la cabeza, “me bajó mi ropa interior y comenzó a violarme”.

Al hombre que fue involucrado por el acompañante del menor lo trasladaron a la delegación de la entonces Procuraduría General de la República, ahora FGR, a donde fue consignado por los elementos militares, quienes lo acusaron de posesión de drogas. Sin embargo, informa la CNDH que no fue procesado debido a que la sustancia no resultó ser un estupefaciente.

El menor fue puesto en libertad los primeros minutos del 3 de marzo de 2009, se menciona.

Fotografía: SEDENA

En la recomendación se señala que las violaciones a los derechos humanos analizadas y evidenciadas, corresponde a los actos realizados por 10 soldados, así como personal del Ministerio Público Militar y del Ministerios Públicos federal y estatal.  Dos de ellos, quienes se identificaron como “Soldado de Dios” y “Mecánico”.

El organismo menciona que la identidad de todos ellos tendrá que investigarse, con el objeto de aplicar efectivamente las sanciones penales y administrativas que la ley prevé.

También considera que es indispensable la realización de una investigación exhaustiva en la que se considere la totalidad de los hechos de la detención arbitraria, la retención ilegal y tortura infligida al menos y los dos hombres detenidos. Así como la violación al derecho a la vida por la ejecución arbitraria de uno de los detenidos, pues esas conductas son reprobables y “es de interés general que no queden impunes, se castigue a los responsables y no se repitan”.

Considera además que ha existido una inadecuada procuración de justicia en la investigación de los delitos cometidos en este caso, lo que ocasiona la vulneración del derecho de las víctimas al acceso a la justicia y contraviene el referido artículo 21 Constitucional, pues no se ha realizado una investigación efectiva y exhaustiva por parte del Ministerio Público Federal. Lo que contribuye a la impunidad de los hechos.

El organismo acredita que existen elementos para que se formule denuncia ante la FGR por los hechos documentados, a fin de que en la indagatoria correspondiente se determinen las responsabilidades de los servidores públicos que intervinieron y se proceda respecto de las violaciones acreditadas en la recomendación.

Asimismo, se estima pertinente presentar queja ante la instancia contralora competente de la FGR, la SEDENA y la FG-Chihuahua, a fin de que se inicie el procedimiento administrativo a que haya lugar en contra de los servidores públicos involucrados en los hechos que se consignan en esta resolución.

En cuanto a la reparación del daño, establece que la SEDENA deberá otorgar a las víctimas o, en su caso, al represente legal que las propias víctimas designen, la compensación a que haya lugar por concepto de la reparación del daño sufrido, en los términos de la Ley General de Víctimas. La satisfacción busca reconocer y restablecer la dignidad de las víctimas.

Tras la recomendación emitida por la CNDH ninguna de las instituciones señaladas ha generado hasta ahora alguna postura al respecto.

laverdadjz@gmail.com

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