Opinión

Los candidatos del PAN y MORENA




noviembre 13, 2020

Gerardo Cortinas Murra

Aclaración previa: La exigencia de cumplir con las cuotas de paridad de género y de un porcentaje de jóvenes en la integración de los órganos plurales de gobierno (Congresos y Ayuntamientos) fue la estocada final para proscribir la democracia interna de los partidos políticos en la selección de candidatos.

El cumplimiento estricto de las cuotas sexuales en las candidaturas partidistas imposibilitó que en las contiendas internas los partidos políticos tuvieran la opción de seleccionar a los candidatos(as) más aptos(as), dentro y fuera del partido.

Al extremo, de que los órganos electorales aprobaron, a diestra y siniestra, los llamados ‘bloques’ de candidaturas, en los que los partidos políticos quedan obligados a postular candidatos, según el sexo, para evitar así, una supuesta discriminación en perjuicio de las mujeres candidatas.

PAN.– Sin duda alguna, este partido político nacional es el más democrático en México, en cuanto a su organización interna; a pesar de que ello le costó perder la mayoría de las contiendas electorales, como consecuencia de las reiteradas pugnas ‘fratricidas’ entre los grupos internos de este partido.

Los Estatutos del PAN establecen que “los militantes del partido elegirán a los candidatos a cargos de elección popular, salvo las excepciones y las modalidades previstas. Asimismo, prevé la posibilidad de “implementar como métodos alternos al de votación por militantes, la designación o la elección abierta de ciudadanos”.

Como excepción, los Estatutos establecen que, en la postulación al cargo de Gobernador, “la designación estará a cargo de la Comisión Permanente Nacional”.

Ahora bien, afirmar que el PAN es el único partido político que promueve la selección de sus candidatos, a través del voto de su militancia, no es una afirmación temeraria ni parcial.

Lo contrario puede afirmarse del partido de MORENA, toda vez que, en la selección de sus candidatos, los estatutos de este partido político establecen los procedimientos de selección interna más antidemocráticos.

 Por lo cual, resulta sumamente cuestionable y reprochable, por qué el INE autorizó semejantes procedimientos que anulan, por completo, la democracia interna de este partido político. Acreditémoslo:

MORENA.– Los Estatutos establecen, de manera expresa, las ‘bases y principios’ aplicables en todos los casos en la selección de candidatos a cargos de representación popular, tanto en el ámbito federal como en el local.

El primer ‘principio’, es el siguiente: “La decisión final de las candidaturas de Morena resultará de la utilización armónica de los métodos de elección, insaculación y encuesta de acuerdo a lo señalado en este apartado”.

En la corta historia de Morena, jamás se ha dado el caso de una elección directa entre sus militantes. ¿Qué debe entenderse entonces, por una supuesta “utilización armónica de los métodos de elección, insaculación y encuesta”?

De igual manera, los estatutos establecen que “del total de candidaturas regidas por el principio de representación uninominal (MR), se destinará hasta el 50 por ciento de las mismas a personalidades externas…. Y las listas de candidaturas por el principio de representación proporcional (RP) incluirán un 33 por de externos”.

Lo anterior se traduce en una discriminación fáctica en perjuicio de los militantes de Morena, ya que –a priori– cuando menos, más del 30 por ciento de los candidatos deben ser personajes sin militancia alguna.

En cuanto a la designación de candidatos militantes por el principio de RP, se precisa que “se seleccionarán de acuerdo con método de insaculación (se entiende por insaculación la acción de extraer de una bolsa, una esfera o una urna nombres o números al azar para realizar un sorteo”.

En otras palabras, los candidatos ‘pluris’ de morena son siempre producto del azar (en la praxis política, a este antidemocrático procedimiento para seleccionar candidatos se le llama la “Tómbola Pejiana”).

En lo que respecta al procedimiento de selección del candidato a gobernador, este se elige mediante una encuesta: “se regirá por las mismas bases utilizadas para seleccionar candidatos a diputados por el principio de RP… para elegir las propuestas, entre las cuales se decidirá por encuesta al candidato”. (¿?)

¿Y cuál cree usted, amable lector de LA VERDAD de Juárez, que sea el órgano partidista que organiza las encuestas para elegir candidatos?

La respuesta: “La realización de las encuestas estará a cargo de una comisión integrada por tres técnicos especialistas de inobjetable honestidad y trayectoria elegidos por el Consejo Nacional, sin necesidad de pertenecer a este. El resultado de sus sondeos, análisis y dictámenes tendrá un carácter inapelable”.

Hace unos días, la titular de la Secretaría de Mujeres de Morena, Carol Arriaga, afirmó que “la ley no obliga a los partidos a respetar la paridad en las candidaturas a los estados y debido a que el partido elige a sus candidatos a través de encuestas, es necesario que las mujeres levanten la mano y se posicionen para que estén en posibilidades de competencia frente a los hombres”. (¿?)

¿En que quedamos, por fin….?

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