Justicia

Tribunal condena a empresa recolectora a indemnizar a pareja por daño moral tras accidente vial




mayo 6, 2022
Fotografía proporcionada por la defensa de los sobrevivientes del accidente ocurrido el 31 de mayo de 2019

La sentencia a favor del matrimonio Reyes-Lugo, impactado hace tres años por un camión de la empresa GEN, filial de PASA, también obliga a aseguradora a indemnizar a las víctimas; el fallo por daño moral marca un precedente en Chihuahua

Por Blanca Carmona / La Verdad

Ciudad Juárez– A casi tres años del accidente vial que les causó secuelas permanentes en sus cuerpos, una pareja ganó un juicio civil en el que reclamaba daño moral, además de las lesiones. La sentencia condenatoria marca un precedente en el Estado de Chihuahua en materia de responsabilidad civil para víctimas de diversos delitos y conductas lesivas.

El Juzgado Noveno Civil por Audiencia condenó a la empresa GEN Industrial S.A. de C.V., –filial de Promotora Ambiental S.A., de C.V., (PASA), compañía responsable de la recolección de basura en Ciudad Juárez– así como a la aseguradora Qualitas, a pagar 7.8 millones de pesos por concepto de daño moral. 

El daño moral está contemplado en el Artículo 1801 del Código Civil del Estado de Chihuahua y se define como “la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, reputación, vida privada, configuración y aspecto físico, o bien en la consideración que de si misma tienen los demás”.

El 31 de mayo del 2019, Alfonso Robles Lugo y su esposa Erika Lozoya Sapién circulaban junto a un grupo de motociclistas por la carretera Panamericana, a la altura del relleno sanitario de la ciudad, y fueron impactados por un camión recolector de basura que presentaba los logos de las empresas de PASA y GEN, cuyo conductor cambio de carril e impactó la motocicleta Harley Davidson donde ambos viajaba.

Tras el impacto, el hombre fue inducido a un estado de coma por 12 días para que soportara la fractura de sietes costillas y una lesión grave en el esternón, que le dificultaban la respiración y le provocó un paro respiratorio. También sufrió la fractura de tibia, peroné y fémur, y un daño en el plexo braquial que lo llevó a perder casi por completo la movilidad de los dedos, la muñeca y el brazo derecho.

A Erika le amputaron su pierna derecha desde el muslo y además sufrió tres fracturas en la mandíbula, así como del cúbito y radio del brazo derecho.

La batalla de Alfonso y Ericka por alcanzar justicia por su caso fue publicada por La Verdad en agosto del 2021, en la historia contaban como transcurría su vida entre abogados de una aseguradora, con la postura indiferente de la Fiscalía de Chihuahua y con una compañía recolectora de residuos que se escuda en un entramado empresarial para no responder por los daños provocados por uno de sus camiones recolectores de basura.

El fallo

Este 4 de mayo, el juez Civil José Emiliano Cardona Estrada emitió sentencia en el expediente 414/2021, condenando a la empresa GEN a pagar 4 millones 975 mil 785 pesos por concepto de daño moral a favor de las dos víctimas, sin demerito de que posteriormente también pague las terapias que requieran ambas personas para sobrellevar su vida con las secuelas permanente que presentan y que no se alcancen a cubrir con el contrato que tenían signado con la aseguradora Qualitas.

El juez también condenó a Qualitas a pagar 2 millones 879 mil 248 pesos como indemnización por las secuelas sufridas por las víctimas.

La empresa PASA fue absuelta de las reclamaciones que presentaron las víctimas, al concluir el juez que esta compañía no es una parte actora en la demanda pues el camión estaba a nombre de GEN, aunque llevaba el logo de ambas empresa.

El abogado de las víctimas, Leonardo Gahona, explicó que se demandó también a la empresa aseguradora porque solo había pagado algunas de las cirugías que necesitaron las víctimas, aproximadamente 800 mil pesos, y se negó a cubrir al 100 por ciento los tratamientos médicos y el valor de la motocicleta. Aunque en el juicio civil, no está contemplado la reparación del vehículo.

Este caso también se sigue por la vía penal, en contra el chofer del camión, por los delitos de lesiones y daños. En esa materia está por determinarse si se llega a un juicio oral u a otra forma de terminación, dijo el abogado.

Sentencia marca un precedente en Chihuahua

María Antonieta Pérez Reyes, diputada local que apoyó la demanda civil interpuesta por ambas víctimas, dijo que esta podría ser la primera sentencia por daño moral que se dicta en el Estado de Chihuahua, por lo que se marca un precedente importante y también es la primera de siete demandas por daño moral que se están preparando.

“No conozco otros antecedentes en el Estado, no por lo menos que me haya tocado conocer en sentencia… se está empezando a sentar un precedente en justicia, en lo que toca a daño moral y responsabilidad civil. Casi no se toca esto, primero porque no hay abogados especialistas que les interese el tema y porque los ciudadanos no tienen asesoría, creen no hay defensa para este tipo de daños”, señaló.

A la fecha se han interpuesto tres demandas por daño moral, una en contra de una empresa gasera por la muerte de un trabajador durante una explosión, un accidente al parecer motivado por las malas condiciones laborales; otra en contra de un colegio privado por un caso grabe de bullying y una en contra de Aeroméxico por la cancelación de vuelos, informó la diputada.

También se preparan otras cuatro demandas, indicó Pérez.

La diputada explicó que, en el caso de Alfonso y Erika, están analizando si apelan la sentencia respecto al monto autorizado porque se demandaba el pago de 55 millones de pesos, y la cantidad autorizada por el juez es mínima.

laverdadjz@gmail.com

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